Un trabajador de la empresa FCC que se encarga de la limpieza viaria. :: LA VOZ
EL PUERTO

El Ayuntamiento compensará a la empresa de limpieza por alterar el contrato en 2010

Fomento de Construcciones y Contratas demandaba más de 900.000 euros por los perjuicios causados y el juez le ha concedido 42.561

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Por fin se ha conocido la sentencia de la demanda que interpuso Fomento de Construcciones y Contratas S. A (FCC) al Ayuntamiento, en 2010, por la modificación del contrato que tiene con esta empresa para cubrir el servicio de limpieza viaria y recogida de residuos urbanos. Una concesión que está en vigor hasta el 2017.

LA VOZ ha tenido acceso a la sentencia del Juzgado contencioso nº 3 de Cádiz, el cual concedió a FCC la suma de 42.561 euros como compensación por la modificación de diferentes conceptos, una cifra muy inferior a la solicitada que era de 910.372 euros.

Hay que remontarse al Pleno Municipal del 2 de septiembre del 2010 por el cual se aprueba la modificación del contrato. Dicha alteración afectaba de forma temporal algunos puntos y suprimía definitivamente otros. En el convenio que el Ayuntamiento tenía firmado con FCC se suspendió de forma temporal, desde el 1 de septiembre de 2010 al 31 de diciembre de 2012, una serie de prestaciones entre las que se encontraban la cobertura de las sustituciones producidas por el absentismo del personal, reduciéndose del 9% previsto en la oferta de FCC al 0%. También la cobertura de sustitución de horas sindicales del comité de empresa. La suspensión parcial de los dispositivos de refuerzo de festivos, eventos y verano, la suspensión del servicio de lunes a sábado de la retirada de excrementos caninos de la vía pública con motoaspirador, el servicio integral de limpieza de contenedores, de lunes a viernes, lo que supone 54 jornadas de noche, 75 jornadas de día, y, por último, las campañas de comunicación de sensibilización e información.

También se eliminaron definitivamente el servicio terciario de depuración de aguas en EDAR Las Galeras procediendo el Ayuntamiento a la recepción de las instalaciones ejecutadas en su totalidad y la del cuartelillo de Valdelagrana destinado para almacén y vestuario en la temporada de verano.

Por último, el Consistorio también aplazó el pago de la amortización de las inversiones, tanto de equipos como de las instalaciones, desde el 1 de septiembre de 2010 al 31 de diciembre de 2012.

Por todas estas modificaciones FCC pedía una indemnización de más de 900.000 euros, desglosando esta cuantía en cada uno de los puntos.

La jueza Josefina Tendero falló argumentando que en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el artículo 163 explica que la administración podrá modificar, por razones de interés público, las características del servicio contratado. Asimismo, detalla que cuando las modificaciones afecten al régimen financiero del contrato, se deberá compensar al contratista de manera que se mantenga el equilibrio. Por ese motivo, se le indemniza por la suspensión temporal de sustituciones producidas con un máximo de 33.602 euros, y por la eliminación de prestaciones de servicios con la eliminación del cuartelillo de Valdelagrana con 8.958 euros, debido al contrato que existía de arrendamiento con el propietario del local.

Por todos los demás puntos, la jueza no considera que haya que compensar a FCC. Se desconoce si la empresa concesionaria interpondrá un recurso de apelación contra la sentencia.