CÁDIZ

Condenado a 21 años un preso que mató a otro en Puerto III

La justicia considera responsable subsidiaria a Instituciones Penitenciarias, ya que el interno había participado en la muerte de otro recluso unos años antes

CÁDIZ. Actualizado: Guardar
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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha condenado a 21 años de prisión a un recluso del centro penitenciario Puerto III, ubicado en El Puerto de Santa María, que en el mes de agosto de 2011 asesinó a otro preso dentro del recinto vigilado.

Esta condena viene a refrendar la sentencia de culpabilidad que fue emitida por un jurado popular hace un año, y que consideró probado que el 2 de agosto de 2011, el recluso de origen canario y de 26 años de edad, Lanzín Balde Espinosa, «preso de una ira desproporcionada por lo que consideró una falta de respeto» hacia su persona, mató a golpes con sus propias manos y con la ayuda del palo de una fregona a otro recluso con el que compartía instalaciones.

Según se relata en el texto de la magistrada, al que ha tenido acceso LA VOZ, el condenado tuvo especial ensañamiento para asesinar a su compañero de prisión, golpeándolo en reiteradas ocasiones con extrema violencia en el tórax y la cabeza, mientras éste yacía en el suelo desangrándose.

Además, el relato continúa aportando detalles de la actuación de un preso que tenía la consideración de muy peligroso, y tras acabar con la vida de su compañero, procedió a arrastrar su cuerpo hasta el patio exterior de la cárcel para que pudiera ser visto por las cámaras de seguridad y por los funcionarios al grito de «está lleno de sangre, que se joda». La magistrada de la Audiencia de Cádiz incluye en la condena a este preso el pago de las costas del juicio, así como una indemnización de 75.000 euros a dos familiares directos de la víctima, que deberá afrontar el Estado, toda vez que se declara la responsabilidad civil subsidiaria de lo sucedido en la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.

La jueza hace especial hincapié en que la dirección de la prisión de Puerto III conocía la peligrosidad del recluso por sus informes previos; no en vano, Lanzín Balde ya había participado unos años antes en la muerte de otro interno en la prisión de Alicante, y era extremadamente peligroso. Además, la magistrada recuerda que para cometer el crimen tuvo la posibilidad de fabricarse un arma, ya que tenía cerca el palo de una fregona.

Además, la Audiencia considera clave también que las dependencias donde se produjo el crimen no contaran en aquel momento con videovigilancia, y que en esa zona era precisamente donde realizaban tareas diarias, y convivían, dos internos clasificados como «conflictivos y peligrosos» de la prisión gaditana. La sentencia hecha pública ahora puede ser recurrida ante el TSJA, y pone fin a un suceso que impulsó a modificar parte de las condiciones de vigilancia interna de este centro penitenciario.