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Trato igual para todos

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En el Consejo de Ministros del 7 de enero se discutió el anteproyecto de Ley de Igualdad de Trato y no Discriminación que debe de pasar ahora por los órganos consultivos del Estado, antes de ser aprobado definitivamente y remitido a las Cortes. Aunque falta mucho para su entrada en vigor, ya ha generado mucha polémica. La primera controversia, que ha provocado numerosas reacciones en contra, fue la posibilidad de invertir la carga de la prueba en el régimen sancionador. Es decir, el denunciado tendría que demostrar su inocencia, en vez de al revés. Eso hubiese creado una normativa inquisitorial. El Gobierno ya ha desmentido tal posibilidad.

La futura ley pretende añadir a los supuestos concretos de protección contra la discriminación contemplados en el artículo 14 de nuestra Constitución (nacimiento, raza, sexo, religión y opinión), más el genérico de «cualquier otra condición o circunstancia personal o social», otros. Como son los de edad y discapacidad, para adaptarse a las normas europeas, más los de identidad u orientación sexual y enfermedad. También se amplía el ámbito de protección más allá de las personas físicas incluyendo a las personas jurídicas. Esto último parece contradictorio ¿Qué persona jurídica puede solicitar amparo por discriminación salvo las que por sus estatutos sólo admitan o defiendan exclusivamente los derechos de personas de un mismo sexo, de una misma religión, de una específica orientación sexual, con una opinión concreta, con una discapacidad o enfermedad determinada o de una etnia explícita, por ejemplo?

Además se mantiene la diferencia de trato, que el Gobierno llama no discriminatorio, para paliar las diferencias objetivas. Así, por ejemplo, se seguirá exigiendo a las mujeres marcas menores que a los hombres en las pruebas físicas para una oposición de policía. ¿Se admitirá, a partir de ahora, que los disminuidos físicos o psíquicos o los enfermos entren en la policía, rebajando a estos las exigencias y se suprimirá el cuadro de exclusión? ¿Se aumentará la edad para poder opositar a la policía hasta la edad jubilación? ¿Se incluirá también la protección contra la discriminación por razón de residencia para evitar que unos españoles paguen más impuestos que otros o las derivadas de las desigualdades lingüísticas o económicas? ¿Cuánto costará a los contribuyentes esta nueva ley?