TRIBUNALES

El juez se pone del lado de Juan Cadenas

El Juzgado de lo Social ordena al INSS que cumpla la sentencia firme que dictó y que conceda el recargo de prestaciones al policía local

Juan Cadenas, el día que declaró en la Audiencia. F. J.

MARÍA ALMAGRO

Bastaron unos minutos para que Juan Cadenas tuviera que dejar de ser policía para siempre. El tiempo que tardaron los hermanos Cachimbas en asaltar la jefatura de Puerto Serrano y clavarle un cristal en el ojo y en el paladar quitándole casi la vida. Lo apartaron del Cuerpo a puñaladas aquella madrugada. Sin embargo, esos minutos se están convirtiendo en años para que desde las administraciones responsables se repare lo que legalmente se ha dictado que le corresponde a este trabajador por la brutal agresión que sufrió. Desde entonces, la batalla judicial de Juan Cadenas no ha parado ni un momento. Y continúa.

Tras el proceso penal por el que los Cachimbas fueron condenados , en octubre pasado el agente ganó su primer pulso legal a la Administración. El Juzgado de lo Social número uno de Jerez aplicaba nula la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que no le concedía un recargo de prestaciones al considerar que no se le podía aplicar por su condición de policía local la ley de prevención de riesgos laborales. El juez estimó así parcialmente la denuncia presentada por Juan Cadenas anulando este expediente del INSS y pidiéndole a este organismo que solicitara las pruebas que fueran suficientes para que se le estimara dicho recargo del 30 al 50% en base a la gravedad de los hechos.

Con esta decisión el juez entendía que sí hubo una relación causa-efecto entre el ataque que recibió el policía y la falta de las medidas de seguridad de la Jefatura Local, responsabilidad del Ayuntamiento de Puerto Serrano, y que, por tanto, se le debía de aplicar ese recargo.

Pues bien, tras este fallo de noviembre, el INSS emitió en enero otra resolución en la que, amparándose en un informe de la Inspección de Trabajo, de nuevo le negaba este recargo de prestaciones, desoyendo por tanto la sentencia firme emitida por el Juzgado de lo Social que pedía la anulación de esa misma decisión.

Ante esta situación, Cadenas solicitó al juzgado la ejecución de la sentencia y ahora el juez ha emitido un auto ordenando al INSS que cumpla con el fallo porque es firme. Es decir, que le aplique la ley de prevención de riesgos laborales por la falta de medidas en la jefatura y que se le conceda el recargo de prestaciones solicitado en el tramo que crean correspondiente del 30 al 50 por ciento. Además, como ya le indicó en la sentencia, le insta a que tomen las pruebas oportunas, que ya están incluidas en el mismo fallo.

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