La juez de instrucción 6, Mercedes Alaya. / Archivo
INVESTIGACIÓN ERE

El CGPJ ampara a la juez Alaya tras las declaraciones de Alfonso Guerra

El cabeza de lista del PSOE por Sevilla manifestó en un acto de campaña electoral que la juez tiene «una relación fuerte personal» con el alcalde de Sevilla, Juan Ignacio Zoido

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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), reunida hoy de forma extraordinaria, ha aprobado hoy un acuerdo en el que censura las críticas del candidato socialista por Sevilla Alfonso Guerra a la juez Mercedes Alaya , instructora del caso de los ERE falsos.

A la vista de las manifestaciones de Guerra, la Comisión Permanente del CGPJ recuerda que la discrepancia con las resoluciones judiciales se ha de expresar a través de los cauces procesales legalmente previstos, pero "nunca puede trascender del comentario crítico jurídico".

De esta forma, el acuerdo rechaza las alusiones de ayer de Alfonso Guerra en un acto de campaña electoral, sobre que la jueza tiene "una relación fuerte personal" con el alcalde de Sevilla, Juan Ignacio Zoido (PP), que trabajó como juez en la Audiencia de Sevilla.

"No resultan de recibo las referencias que invaden la esfera personal mediante descalificaciones -veladas o explícitas- que atentan contra el respeto que merece la dignidad personal constitucionalmente garantizada", añade el acuerdo de la Comisión Permanente que ha sido aprobado, en un trámite poco usual, ya que la juez no había solicitado amparo al CGPJ.

"El rechazo a tales discrepancias es mayor en cuanto contienen insinuaciones claramente vejatorias por la condición de mujer de la magistrada aludida", indica el documento aprobado por la Comisión Permanente, que ha contado con el voto a favor del presidente del CGPJ, Carlos Dívar, y los vocales Margarita Robles y Manuel Almenar, mientras que la vocal Almudena Lastra ha formulado un voto particular.

Lastra considera que no es procedente que la Comisión Permanente entre a valorar el contenido "o la intención" de las declaraciones de Guerra en el curso de un acto de la campaña electoral, "y menos aún para expresar un rechazo, cuando no se dan, además los requisitos establecidos en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ)".

Ese artículo establece que el CGPJ decidirá si concede el amparo a los jueces y magistrados que se consideren afectados en su independencia.