CUESTIÓN DE PESO. En su fase final de desarrollo, las iguanas superan los dos kilos. / LA VOZ
CÁDIZ

El tamaño ya importa en las mascotas

La Junta prohíbe la tenencia en el hogar de animales potencialmente peligrosos en función de su peso

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Su aspecto escamado no asusta. Incluso despierta simpatía ver cómo pisa la cola a su compañero de terrario. Y observar el paisaje de pega a sus espaldas, arañado con ansias de explorar qué hay más allá. A primera vista, la iguana parece pacífica y su precio es bastante asequible. Ahora, apenas mide 30 centímetros, pero con los años este reptil puede llegar a superar más de dos kilos. Un tamaño que le cataloga, según queda recogido en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, como no apto para que sea una mascota.

La Administración autonómica puso en vigor el pasado 7 de octubre el decreto 42/2008 por el que pasa a estar completamente prohibida la tenencia de animales potencialmente peligrosos para la salud de cualquier ser vivo.

Es decir, que las arañas o escorpiones tampoco podrán tenerse en casa bajo ningún concepto. Ni en tarros de mermelada vacíos tras un día en el campo. Igualmente, otros antrópodos, reptiles -como las serpientes de gran tamaño- e incluso peces que «puedan inocular veneno y causar la muerte por su acción directa», especifica Federico Vilaplana, presidente del Colegio de Veterinarios de Cádiz.

Una de las catalogaciones está realizada en función del peso del animal. En este sentido, Rosario Martín, propietaria de la tienda Acuario Caribe, critica «la falta de lógica» en la ley aprobada en el mes de febrero. Para ella, la amenaza no va relacionada con el volumen. A través de la revista Especies, ha podido leer un artículo sobre la normativa vigente en Andalucía y, por tanto, en la provincia de Cádiz. Vilaplana coincide en esta idea que ejemplifica con la tortuga: «Algunas son grandes y, a la vez, inofensivas».

Los perros peligrosos

El plazo de regulación de estos ejemplares integrados en familias gaditanas ha expirado. En la aplicación de esta regla «ha habido un gran desconocimiento y ausencia de difusión», apunta el veterinario. Ya todo depende de la administración, que puede requisar aquellos que no estén censados.

En la categoría de los perros, y además de las ocho razas ya catalogadas anteriormente como «amenazantes» en el reglamento -pit bull terrier, staffordshire bull terrier, american staffordshire terrier, rottweiler, dogo argentino, fila brasileiro, tosa inu y akita inu- se suman otras siete: bullmastif, doberman, dogo de Burdeos, dogo del Tibet, mastín napolitano, presa canario y presa mallorquín.

Quienes deseen cuidar un ejemplar de estos tipos tiene que ser mayor de edad, no tener antecedentes penales y contar con un certificado de capacidad física y aptitud psicológica.

A juicio del veterinario colegiado, influye «la educación que recibe el perro en su entorno más cercano». Y asevera que el apéndice incluye razas «dóciles» y «omite otras, más agresivas».

Información en la web

El exotismo llama la atención. Suelen producirse determinados boom, en venta de especies como el erizo egipcio o diferentes tipos de hurón, que requieren cuidados específicos y poco conocidos. No obstante, los expertos creen que «ahora más que nunca hay información sobre la forma de vida de animales, mediante Internet». Asimismo, los dependientes que dispensan las mascotas comunican una serie de nociones básicas. No obstante, Vilaplana alerta de posibles casos de abandono o maltrato: «Hay que ser conscientes de que no se trata de un juguete que puedo dejar tirado por la casa, es un ser vivo y, por tanto, debemos respetarlo al máximo».

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