VILLAMARTÍN

El Ayuntamiento aprueba que Pajarete sea de dominio publico

El Pleno del Ayuntamiento de Villamartín ha aprobado, por unanimidad, un dictamen sobre el Castillo de Matrera o Torre Pajarete. En el mismo se declaraba acreditada la titularidad del Ayuntamiento sobre este monumento, y se solicitaba a los Servicios Técnicos que procedan a efectuar la tasación pericial del bien citado. Este procedimiento comenzó en noviembre de 2007, cuando mediante un decreto de la Alcaldía se inició un expediente de investigación para determinar la titularidad de este Bien de Interés Cultural. Según ha declarado el alcalde de Villamartín, José Luis Calvillo (PSOE), «es imprescindible proteger y conservar el patrimonio histórico y cultural de la localidad, ya que estos bienes son del pueblo».

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

Tras este decreto se procedió a recabar de los diversos registros cuantos datos y antecedentes constasen relativos al bien, con el fin de investigar la posible inscripción del mismo en un registro público. Durante el periodo de información pública compareció la empresa Ubri-Prado S.L, quien formuló alegaciones y solicitó la práctica de determinadas pruebas. Tras las mismas, el informe jurídico concluyó que «del resultado de las actuaciones practicadas y de los datos, antecedentes, pruebas, informes y demás documentación obrante en el expediente, se puede entender razonable y debidamente justificada la titularidad del mismo corresponde al Ayuntamiento».

Por otro lado, los diferentes informes históricos realizados durantes estos últimos años analizan la evolución histórica de la propiedad, y en ellos, tras el análisis pormenorizado, se llega a la misma conclusión de dominio público.

Por ello, en el último pleno celebrado en la población también se aprobó desestimar las alegaciones formuladas por dicha empresa, así como disponer la inclusión en el Inventario General de Bienes y derechos del Ayuntamiento de este bien inmueble como bien de dominio público, solicitando además la inscripción de éste a nombre del Ayuntamiento en el Registro de la Propiedad. Además, en el mismo dictamen también se facultaba al alcalde para ejercitar las acciones administrativas o judiciales que procedan para la plena efectividad del derecho que corresponde al ente local sobre este inmueble.