'caso Rilco'

El Supremo confirma los ocho años de cárcel para Rodríguez de Castro

Mantiene la absolución de su sucesor en la Zona Franca, Miguel Osuna, porque no hay pruebas de que actuara de manera dolosa con independencia de su negligencia contable

s. t. / e. p.
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La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de ocho años de cárcel impuesta al exdelegado especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Cádiz Manuel Rodríguez de Castro y le ha impuesto una multa de ocho millones de euros por el delito de fraude en la obtención de subvenciones en el denominado caso Rilco.

Según han adelantado fuentes del alto tribunal, la sala estima así parcialmente los recursos de la Fiscalía y de la acusación particular, ejercida por el PSOE de Cádiz, en cuanto que reclamaron que la sentencia dictada en el caso por la Audiencia de Cádiz había omitido la pena de multa que ahora impone.

El Supremo confirma el resto de la condena, pena de seis años de cárcel por delito continuado de malversación de caudales públicos y otros dos años de cárcel por fraude en la obtención de subvenciones públicas.

Además, le impone otros siete años de inhabilitación por prevaricación.

El TS impone una multa de ocho millones al único condenado

Sin embargo, no admite los recursos planteados por las acusaciones para revocar las absoluciones del resto de procesados: el que fuera director de Rilco, Rafael Ortiz, y el matrimonio propietario de la empresa Miami Free Zone que se adjudicó el proyecto de desarrollo de Rilco, el portal de comercio electrónico que vendió Rodríguez de Castro como la gran apuesta para relanzar la capacidad de captación empresarial del recinto fiscal gaditano.

Tampoco han convencido al TS los argumentos de la Fiscalía que pedía una condena para Miguel Osuna, el sucesor de Rodríguez de Castro al frente de la Zona Franca gaditana. Ya la Audiencia subrayaba que el exdelegado articuló medidas para controlar el gasto en una empresa que al aterrizar éste en el Consorcio se encontró al borde de la quiebra y con facturas por importe de cerca de tres millones de euros por pagar.

«Trató, con mejor o peor fortuna y diligencia pero en cualquier caso sin dolo delictivo, de solucionar los problemas generados por el anterior Delegado en la Zona Franca, sin que en su actuación quepa apreciar la comisión de delito alguno».

El TS entiende que no existen pruebas para contradecir la conclusión alcanzada en 2013 por la Audiencia y mantiene la absolución, con «independencia de la responsabilidad contable por negligencia». Y es que recientemente, la sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo confirmaba que Osuna debía pagar 2.675.551,76 euros por ocasionar un «daño real y efectivo a los fondos públicos por los pagos realizados a la empresa Miami Free Zone».

Del mismo modo, en el procedimiento penal, el TS estima el recurso del abogado del Estado, apoyado por el fiscal y por el propio condenado, y retira los 200.000 euros que le habían sido impuestos por responsabilidad civil al considerar que queda satisfecha con la responsabilidad contable que determinó en su día el Tribunal de Cuentas.

La Red Iberoamericana de Logística y Comercio, Rilco, fue un proyecto de Rodríguez de Castro, que fue delegado entre 1996 y 2001 a elección del Partido Popular, concebido como una plataforma de comercio electrónico que sirvió para sustraer dinero en beneficio propio. Por Rilco, la Zona Franca de Cádiz obtuvo subvenciones millonarias pero estas, lejos de destinarse a la red de comercio electrónico, fueron a parar al exdelegado.

En la sentencia, la Sala respalda el pronunciamiento de la sentencia de la Audiencia gaditana sancionando los «abusos de poder». Subraya el alto tribunal que «nada lesiona más la confianza de los ciudadanos en sus instituciones que ver convertidos a sus representantes públicos en los vulneradores de la legalidad de la que ellos deberían ser los primeros custodios».

La sentencia, de 137 páginas, ha sido ponente Cándido Conde-Pumpido.

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