Medio ambiente

Sanción de casi 50.000 euros a una empresa oleícola de Martos por contaminación

La emisión de humo negro consta en uno de los expedientes abiertos por la Junta

Sede de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén ABC

JAVIER LÓPEZ

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía ha impuesto una sanción acumulada de casi 50.000 euros a una empresa oleícola de la ciudad de Martos por el incumplimiento de la normativa reflejada en la Autorización Ambiental Unificada, cuyo principal objetivo es prevenir, evitar o, en su caso, reducir en origen la producción de residuos, las emisiones a la atmósfera, al agua y al suelo de la comunidad autónoma.

El primer expediente, cuya sanción asciende a 24.001 euros, se deriva del almacenamiento de graneles en silos e incumplimiento de obligaciones relativas a la actividad de extracción de aceites vegetales. En este expediente, se incluye la denuncia de  emisiones de humo negro , debidas a un incorrecto mantenimiento, según la Junta, que justifica la segunda sanción, cuyo importe es de 24.051 euros, al incremento de maquinaria sin autorización. Contra esta multa ha presentado un recurso de alzada el titular de la sociedad anónima.

La Junta exime, no obstante, a esta empresa dedicada a la fabricación de aceite de otras irregularidades. Así, aclara que ha cumplido con la normativa en los proyectos de ampliación, construcción y modificación de las balsas 1, 4, 5 y 6, y en la unión de otras 2 de almacenamiento de orujo. En este sentido, la Consejería admite que no ha vulnerado los requisitos legalmente establecidos de los depósitos de efluente (líquido residual) de la aceituna.

El cumplimiento de las condiciones de la Autorización Ambiental Unificada es pertinente para las empresas sometidas a su control. Este organismo dicta en una resolución única la evaluación de impacto ambiental y las distintas autorizaciones y exigencias ambientales que, de acuerdo con la legislación sectorial aplicable en materia de residuos, emisiones a la atmósfera, vertidos a aguas litorales y continentales, entre otros, debe obtener de la Consejería competente en materia de medio ambiente con carácter previo a su ejecución o puesta en funcionamiento.

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