¿Pueden legalmente las aerolíneas pedir certificado de haber pasado el Covid-19?

Los pasajeros que no lleven mascarilla podrían sufrir una denegación de embarque

Viajeros procedentes de Alemania llegan al Aeropuerto de Palma de Mallorca EP/ ATLAS

ABC Viajar

A partir del 21 de junio, con el fin del estado de alarma, España volverá, poco a poco, a una cierta normalidad tras meses marcados por la crisis del coronavirus. La pandemia mundial, que aún golpea con fuerza en algunos países, ha obligado a cambiar la forma de viajar con la imposición de ciertas normas. La ciudadanía se encuentra ahora con determinadas circunstancias en las que desconoce si se están vulnerando sus derechos. Una de esas incertidumbres es, según reclamador.es , si las aerolíneas puede pedir un certificado médico donde se establezca si ha pasado o no el coronavirus.

La respuesta es no , señala Esperanza Palacio, co-directora legal de reclamador.es: «El RGPD en su artículo 9 prohibe expresamente el revelar datos relativos a la salud de una persona física. En el punto 2.g del mismo artículo se establece la excepción por razones de interés público esencial, siempre y cuando sea proporcional al objetivo perseguido, respetando siempre en lo esencial el derecho a la protección de datos y estableciendo las medidas adecuadas y específicas para proteger los intereses y derechos fundamentales del interesado. Habrá que ver por tanto cómo se proponen o articulan esos certificados o pasaportes para mantener el equilibrio de lo establecido en el Reglamento».

Condiciones para viajar en avión

- Las aerolíneas no pueden solicitar un «pasaporte de inmunidad» a los viajeros. Estos no tienen que declarar su estado de salud para poder realizar un vuelo.

- En cuanto a la mascarilla, sí es una condición obligatoria para poder volar. Los pasajeros, así como los pilotos y tripulación de cabina, deberán llevar consigo una mascarilla que cubra nariz y boca y hacer uso de ella durante todas las fases del vuelo, que son el embarque, el vuelo y el desembarque, tanto para protegerse a sí mismo y como al resto de personas que van a bordo.

- En las terminales de los aeropuertos se prevé también que el uso de mascarillas sea de carácter obligado, según el protocolo de la Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA).

- El gel hidroalcohólico formará parte del equipaje de mano del viajero como recomendación, siempre y cuando no supere los 100ml.

- Los pasajeros que no lleven mascarilla podrían sufrir una denegación de embarque al no ser admitidos en el vuelo, como medida de protección para el resto de los viajeros, y este incidente no sería susceptible de reclamación y por tanto no correspondería indemnización.

- Respecto a los bares y restaurantes tampoco pueden pedir a sus clientes que demuestren que están inmunizados del virus a la hora de formalizar una reserva. Es ilegal, recalca reclamador.es, que se exija saber quién está todavía en riesgo de ser contagiado o contagiar.

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