Corral de Almaguer

La alcaldesa y senadora del PP declarará en el Supremo el 19 de octubre

La Fiscalía acusa a Juliana Fernández de prevaricación al quitar multas a cuatro ciudadanos a quienes supuestamente quiso favorecer

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La alcaldesa de Corral de Almaguer y senadora del PP, Juliana Fernández de la Cueva, acusada de prevaricación al quitar multas a cuatro ciudadanos a quienes supuestamente quiso de este modo favorecer, declarará ante el Supremo sobre este asunto el 19 de octubre.

El Supremo admitió a trámite la querella de su fiscalía contra Fernández de la Cueva el pasado mes de julio. En ella se acusaba a la alcaldesa de Corral de prevaricación.

El magistrado José Manuel Maza, encargado de investigar el caso, tomará declaración a la implicada antes de decidir si se tramita el suplicatorio contra la senadora para inculparla o, por el contrario, se archiva la causa. Se trata de una declaración voluntaria por parte de la alcaldesa y en ella le acompañará su teniente de alcalde Vicente González Ramírez.

El auto del Supremo admitiendo la querella se hizo eco del relato del fiscal, según el cual la senadora y alcaldesa de Corral de Almaguer, así como su teniente alcalde Vicente González Ramírez, utilizaron sus competencias en seguridad vial para retirar cuatro sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol, sin cinturón o de forma temeraria.

Diez años

El delito de prevaricación está castigado con inhabilitación de hasta diez años. Según la querella del fiscal, la alcaldesa, a propuesta de Vicente González y «con ánimo de favorecer a los cuatro sancionados, y en clara contravención de lo legalmente establecido», retiró en 2013 las multas y la pérdida de puntos, aceptando las alegaciones de los afectados.

Y eso lo hizo a pesar de que los sancionados «ya habían optado por el procedimiento abreviado, previsto en el artículo ochenta del referido texto normativo, y habían abonado la multa propuesta, con una reducción del 50 por ciento», dice la querella.

«Una vez abonada la multa, beneficiándose el interesado de la reducción del 50 por ciento, el expediente había finalizado, alcanzando la sanción el carácter de resolución firme en vía administrativa», añade. «Los acusados no podían, en modo alguno, dejar sin efecto, tras la indebida estimación de unas alegaciones que ya no podían formularse, la sanción, consistente en la reducción de puntos antes referida», señala la querella.

Según la querella, el delito a investigar sería el de prevaricación.

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