Medidas Navidad

¿Qué se podrá hacer y qué no esta Navidad?

Las restricciones de Sanidad para este fin de año contemplan varias excepciones y matices. Aquí te explicamos el acuerdo al que ha llegado el Consejo Interterritorial de Salud

¿Se podrá viajar entre comunidades estas Navidades?

Fotografía de archivo de una familia celebrando la Navidad

ABC

Aunque no han conseguido sumar a la causa a Madrid y Cataluña , el Consejo Interterritorial de Salud ha acordado las medidas para esta Navidad . Habrá restricciones de movilidad (aunque contemplan generosas excepciones), limitaciones de aforo y, por supuesto, toques de queda. Aquí te detallamos punto por punto el pacto alcanzado entre comunidades autónomas.

¿Podré salir de mi comunidad autónoma?

El acuerdo de Sanidad establece que entre el 23 de diciembre y el 6 de enero no se podrá salir salvo para aquellos « desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o allegados del desplazado ». Una vez dicho esto, el acuerdo da potestad a cada comunidad autónoma para decidir si limita esta excepción a días concretos. Es decir, se puede dar el caso de que una comunidad autónoma esté abierta en Nochebuena o Nochevieja pero cierre el resto de días.

De esta norma están exentas Baleares y Canarias.

¿Cuánta gente podrá haber en la mesa?

Nunca más de diez personas. Y no se hace distinción entre menores o mayores de 13-14 años como ocurre en otros países. El acuerdo establece que « los encuentros familiares o con allegados para celebrar las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y del 1 de enero de 2021» no pueden superar las diez personas . Y ahí se queda. «En todo caso –añade–, se recomienda que estos encuentros se compongan de miembros que pertenezcan al mismo grupo de convivencia».

¿Habrá toque de queda?

Sí, solo que se levanta en los días más señalados (noches del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero) hasta la 1:30 horas . Y un matiz importante que añade Sanidad: «En ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a diferentes encuentros sociales».

¿Se celebrarán las campanadas o las cabalgatas?

En el documento se expresa, textualmente, que «las comunidades y ciudades autónomas, en ejercicio de sus propias competencias, no permitirán la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público, salvo que se garantice el cumplimiento de lo establecido en el documento de 'Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por Covid-19 en España'». De este modo, una vez que la autoridad sanitaria haya evaluado los riesgos de transmisión, se podrán realizar celebraciones en las que se garantice el cumplimiento de las normas de higiene y prevención : cabalgatas estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales o retransmisiones de eventos navideños por televisión (u otras opciones telemáticas).

¿Puedo ir a un hotel o a una casa rural?

El texto del Consejo Interterritorial no diferencia entre restaurantes y hoteles. Se limita a decir que «los establecimientos hosteleros seguirán las normas de aforo y prevención, así como el resto de restricciones vigentes en cada comunidad y ciudad autónoma». Con esa vaga descripción , podemos intuir que la decisión última quedará en manos de las comunidades autónomas. Si una región decide restringir la movilidad social salvo los días 24, 25, 31 y 1, los encuentros familiares deberán ceñirse únicamente a esas fechas, y siempre cumpliendo la norma de un máximo de 10 personas.

¿Y la Misa del Gallo?

El pacto establece que «las ceremonias religiosas en espacios cerrados respetarán las normas de aforo establecidas en cada comunidad y ciudad autónoma». Se recomienda evitar los cantos -recurriendo en su lugar el uso de música pregrabada- y las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.) -sustituyéndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario-. De la celebración de eventos tales como la Misa del Gallo, sin embargo, dice que «no será óbice [obstáculo] para el cumplimiento de la regulación relativa a la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno ». Por ello, se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión.

¿Podré seguir yendo a bares, restaurantes y terrazas?

Sí. El acuerdo dice que los establecimientos de hostelería «seguirán las normas de aforo y prevención , así como el resto de restricciones vigentes en cada comunidad y ciudad autónoma. En particular, en el interior, se garantizará una adecuada ventilación natural o mecánica». Se recomienda, además, reforzar el mensaje de usar la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo, así como evitar comer del mismo plato.

¿Qué pasará con las compras navideñas?

Se podrán hacer pero con precaución. Los comercios y calles comerciales respetarán el aforo previsto en cada región, asegurándose el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad. De todos modos, Sanidad recomienda a la población que organice sus compras con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales.

¿Será posible sacar a un familiar de una residencia para celebrar la Navidad con él?

Sí, no está prohibido, aunque hay que tener cuidado. «Se recomienda que, en aquellos casos en que los residentes de centros residenciales sociosanitarios realicen una salida más prolongada con motivo de las celebraciones navideñas, estas queden restringidas a un único domicilio y manteniendo una burbuja de convivencia estable », dice el documento, que añade que a su vuelta «se aconseja la realización de una prueba de diagnóstico de infección activa y los días posteriores al reingreso se extremarán las medidas de vigilancia y prevención».

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