Columbario en la parroquia Santa Ángela de la Cruz en Sevilla
Columbario en la parroquia Santa Ángela de la Cruz en Sevilla - ABC

¿Cementerio o columbario?¿Qué hacer con las cenizas del difunto?

Cada vez hay más parroquias en España con espacios especiales para depositar las cenizas. Algunos son gratuitos y otros cuestan hasta 3.000 euros

Madrid Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

La Santa Sede a través de la Congregación para la Doctrina de la Fe acaba de publicar un nuevo documento «Para resucitar con Cristo» en el que se recuerdan las normas sobre la sepultura de los muertos y sobre todo la conservación de las cenizas.

En dicho texto, la Iglesia católica explica que, «siguiendo la antiquísima tradición cristiana», prefiere que los cuerpos de los difuntos sean sepultados «en los cementerios u otros lugares sagrados» porque con ello se «demuestra un mayor aprecio por los difuntos». Sin embargo, a continuación el documento precisa que la cremación «no está prohibida, a no ser que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana».

En el caso de optar por la cremación, la Iglesia recuerda que las cenizas del difunto, por regla general, «deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente».

Dentro de los templos

Muchas parroquias en España cuentan con un espacio dedicado a tal fin. Se trata de los columbarios o nichos construidos en algunos casos dentro de los propios templos. «En ellos se pueden depositar las cenizas de hasta cuatro difuntos, dentro de la misma iglesia en la que solían comulgar en vida», explica la web Columbarios Parroquiales.

Los precios de esta sepultura pueden variar mucho en función de la Iglesia. En una parroquia de una ciudad media un nicho en el columbario del templo puede costar 3.000 euros por un plazo de treinta años.

Una vez cumplido ese periodo y en caso de no ser prorrogable, la dirección del Columbario Parroquial quedará obligado a albergar a perpetuidad las cenizas depositadas en un depósito común digno, dentro de las instalaciones de la parroquia.

El coste de estos espacios pueden ser mucho más elevados si se trata de una catedral o una iglesia muy conocida, pero también los hay gratuitos como el columbario de la parroquia Santa María Soledad Torres Acosta en el madrileño barrio de Las Tablas.

En este caso el columbario está destinado a niños, jóvenes y personas dependientes desde la juventud. Un espacio especial dentro de la parroquia para aquellas familias que deseen que sus hijos fallecidos estén en un lugar de oración.

El canon 1242 del Código de Derecho Canónico prohíbe, sin embargo, que se entierren cadáveres en las iglesias, «a no ser que se trate del Romano Pontífice o de sepultar en su propia iglesia a los cardenales o a los obispos diocesanos, incluso eméritos».

Ver los comentarios