SEVILLA

Condenan a un abogado por estafar a una viuda y su hijo con el dinero del impuesto de sucesiones

En este asunto también está implicado otro individuo que ejercía de experto en inversiones; el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía rebaja mínimamente las penas de cárcel para ambos

La Real Chancillería de Granada, sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ABC

J. Díaz

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha condenado a un abogado y a un experto en inversiones por estafar a una viuda y su hijo en la gestión del impuesto de sucesiones , invitando a éstos a invertir grandes cantidades de dinero en operaciones de capital privado.

Los hechos juzgados se produjeron hace una década. El abogado acusado, Juan Carlos A.C., antes de 2012, valiéndose de su condición de letrado que asesoraba sobre el impuesto de sucesiones de un hombre, ya fallecido, esposo de la principal víctima, y padre de la otra víctima de esta estafa, les propuso que invirtieran la cantidad de 180.000 euros , de la que disponían en metálico y sin declarar, en operaciones «de capital privado con garantía absoluta», que no sería otra cosa que préstamos entre particulares a un interés del 30 por ciento , con garantía inmobiliaria, que serían gestionadas por el también acusado Teodomiro V.S., quien fue presentado como un experto en inversiones de este tipo y al que el primer acusado entregó el importe íntegro de lo percibido, los 180.000 euros.

Ambos acusados, con intención de obtener un enriquecimiento patrimonial, lograron que el 17 de enero de 2012 , en el despacho profesional de Juan Carlos, la viuda entregara la cantidad de 90.000 euros en metálico, y su hijo, la cantidad de 60.000 euros, a la que se unió otros 30.000 euros que se entregaron en una fecha posterior. Todo sumaba 180.000 euros.

«Con el propósito de dar credibilidad a la operación, ambos acusados elaboraron dos contratos de compraventa privados, de fecha 17 de enero de 2012, en los que Teodomiro V.S. se atribuía facultades dominicales o de disposición inexistentes sobre los inmuebles que servirían de garantía, esto es, un inmuble ubicado en Jerez de la Frontera y otro en Vejer de la Frontera ».

En los citados contratos aparece como comprador Juan Carlos A.C., como mandatario verbal y letrado del hijo del fallecido. Con el mismo propósito, elaboraron el contrato privado de fecha 2 de febrero de 2012, sobre dos fincas rústicas ubicadas en Sanlúcar de Guadiana , en el que aparece Teodomiro V.S. como vendedor, como mandatario verbal del hijo de la viuda.

«No devolvieron el dinero ni los intereses»

Ambos acusados, «sabedores a priori de que las operaciones eran inviables por no disponer de los inmuebles , destinaron el dinero recibido en beneficio propio y en perjuicio de los denunciantes, no devolviendo el dinero ni los intereses , cuando fueron exigidos por los perjudicados». Teodomiro V.S. reintegró a los perjudicados, en varios pagos, la cantidad de 4.200 euros.

Por estos hechos, el pasado mes de marzo fueron condenados ambos acusados, el abogado y el experto en inversiones, por la Audiencia de Sevilla , como autores de un delito de falsedad en documento privado en concurso medial con un delito de estafa, a dos años y ocho meses y a dos años y dos meses de cárcel, respectivamente. Como responsables civiles, ambos acusados deberían indemnizar a la viuda en 87.900 euros y a su hijo en la misma cantidad.

Ambos acusados recurrieron el fallo ante e l Tribunal Superior de Justicia de Andalucía , que ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Juan Carlos A.C. y desestimado el de Teodomiro V.S., aunque éste se ha beneficiado del recurso del primero. La estimación del recurso ha implicado una mínima rebaja en la pena de dos meses. Así, Juan Carlos ha sido condenado a dos años y medio y Teodomiro a dos años por un deilto de estafa agravada, absolviendo a ambos del delito de falsedad documental del que fueron condenados inicialmente.

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