Tribunales

Más de cuatro años de cárcel para un acusado de apuñalar a un hombre en La Línea el día de Navidad

Le asestó, con una navaja con hoja de 15 centímetros, una puñalada a la altura del abdomen, perforándole los intestinos

Plaza Cruz Herrera de La Línea. G.M.

La Voz de Cádiz

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de cuatro años y cuatro meses de prisión dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz para un hombre acusado de homicidio en grado de tentativa tras apuñalar a otro el día de Navidad de 2015 en La Línea de la Concepción.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos ocurrieron en la madrugada del 25 de diciembre de 2015, cuando en la Plaza Cruz Herrera de La Línea el acusado se encontró con la víctima, que estaba sentado junto con la que entonces era su pareja, y por razones que no quedan acreditadas, «de forma inopinada y con ánimo de acabar con su vida», le asestó, con una navaja con hoja de 15 centímetros, una puñalada a la altura del abdomen, perforándole los intestinos, lo cual pudo causarle la muerte de no ser por la rápida actuación de los servicios sanitarios.

Por su parte, la Audiencia Provincial dictó sentencia contra el acusado con una pena de cuatro años y cuatro meses como autor penalmente responsable de un delito de homicidio en grado de tentativa, concurriendo la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

Esta sentencia fue recurrida ante el TSJA pidiendo a libre absolución al alegar que «no hay prueba suficiente de la autoría en la agresión«, planteando la hipótesis de que »pudo ser cualquiera de las muchas personas que se encontraban reunidas en el lugar escena del crimen alrededor de la víctima pero no necesariamente el acusado, que no recuerda bien los hechos ni haber agredido a la víctima«.

Además, en su recurso de apelación, alega que «si dijo otra cosa delante de la Policía es porque se encontraba bebido y se sentía presionado», así como que «la navaja que la Policía le encontró encima en el momento de su detención in situ la recogió del suelo». Todo ello ha sido rechazado por el TSJA, que ha dictado la confirmación plena de la sentencia de la Audiencia Provincial.

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