Economía

La ayuda de más de 500 euros para pagar el alquiler que pueden pedir estos pensionistas hasta diciembre de 2023

Se trata de un complemento que se cobra de forma anual y se puede pedir de forma sencilla

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Los mayores pueden beneficiarse de esta ayuda al alquiler. Francis Jiménez

La Voz

Cádiz

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En España, según datos del Ministerio de la Seguridad Social, a 1 de abril de 2023 había unos 10 millones de pensionistas. De estas pensiones, 6.344.580 son de jubilación, 2.350.176 de viudedad, 945.690 de incapacidad permanente, 341.278 de orfandad y 44.811 en favor de familiares. Algunos de estos pensionistas pueden pedir hasta diciembre de 2023 una ayuda de más de 500 euros para pagar el alquiler.

La pensión media del sistema asciende en abril a 1.193,1 euros mensuales. Esta cuantía, comprende las distintas clases de pensión (jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares).

La pensión media de jubilación del sistema, por su parte, es de 1.373 euros. Por regímenes, la pensión media de jubilación procedente del Régimen General es de 1.531,5 euros al mes, mientras que la más baja la registra el Régimen de Autónomos, de 914,3 euros/mes. En la Minería del Carbón, la media de jubilación mensual se sitúa en 2.674,1 euros, y es de 1.522,1 euros en el Régimen del Mar. La cuantía media de las nuevas altas de jubilación en el sistema ascendió en el mes de marzo de 2023 (último dato) a 1.440,8 euros mensuales. Por su parte, la pensión media de viudedad es de 850,3 euros al mes.

Alquiler de la vivienda en la que resida

Destinado a estos pensionistas existe una ayuda al alquiler que puede solicitarse y cobrarse hasta el 31 de diciembre de 2023. Se trata de un complemento de 525 euros anuales para ayudar a pagar el alquiler de la vivienda en la que la persona pensionista reside.

Esta ayuda está regulada por el Real Decreto 1191/2012, de 3 de agosto, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.

A ella tienen derecho las personas que cumplan los siguientes requisitos: tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la fecha de resolución; carecer de vivienda en propiedad; ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda; no tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco, por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el tercer grado, ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal; tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada (se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del contrato de arrendamiento no sea inferior a un año y el pensionista haya residido en la misma durante los 180 días inmediatamente anteriores).

Esta ayuda puede solicitarse a través de la Sede Electrónica del Imserso, cumplimentando un formulario hasta el próximo 31 de diciembre. Una vez aprobada, se prorrogará automáticamente todos los años si así lo hacen estas ayudas al alquiler.

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