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Fiscalía y defensa pactan la condena de doce miembros de clan de los Macandeses

La pena máxima es de nueve años y medio de cárcel para una madre y su hija De los 17 imputados, cinco son absueltos por no quedar probada su participación

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Entre los nueve años y medio y los nueve meses de prisión oscilaron las penas que ayer acordaron Fiscalía y abogados para 12 de los 17 detenidos por su pertenencia a un clan familiar de Chiclana dedicado al tráfico de cocaína, conocido como los Macandeses. La pena máxima recayó en la matriarca del clan, Josefa M. H, y en su hija, Bernarda I. M, que reconocieron ser quienes ejercían como suministradoras de droga a otros miembros de la trama, así como en su proveedora, una ciudadana colombiana, Nubia L.

El modus operandi de esta organización, desarticulada gracias a la práctica de escuchas telefónicas y tal como admitieron uno a uno los acusados, consistía en que Josefa y Bernarda contactaban con Nubia, quien pactaba con ella un suministro de cocaína desde Madrid, que era transportado desde la capital por Ignacio L. A -condenado a nueve años y tres meses-. Con posterioridad, Josefa y Bernarda distribuían esta sustancia estupefaciente a otros familiares para su posterior venta al menudeo o para consumo personal.

Dado que no pudo quedar demostrado que madre e hija conocieran el destino final de la droga, no pudo atribuírseles la condición de cabecillas de una organización, de ahí que la pena inicial solicitada por la Fiscalía, que ascendía a 16 años, se rebajara hasta nueve años y medio.

En cuanto a los ocho imputados restantes, las penas oscilaron entre los tres y cuatro años de cárcel, a excepción de uno, al que se condenó a tan sólo nueve meses. Asimismo, cinco procesados quedaron absueltos por no quedar acreditada su participación.

La trama quedó desmantelada en febrero de 2003, cuando Nubia se desplazó desde Madrid a Chiclana en transporte público, mientras Ignacio lo hacía en un turismo en el que llevaba la droga, para entregar una carga de 6,2 kilos de cocaína en las inmediaciones de un supermercado a Bernarda. Un dispositivo policial permitió su detención, procediéndose de inmediato al registro del domicilio de ésta y otros miembros del clan, donde si bien no se intervinieron grandes cantidades de droga, sí se hallaron instrumental de precisión y sustancias químicas para el corte y preparación de las dosis.

Por otra parte, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial absolvió ayer a R. L. R., juzgada el pasado mes de mayo como presunta autora de un delito contra la salud pública al haber enviado una carta a su novio, internado en un centro penitenciario, con 0,15 gramos de heroína. Durante el juicio, la defensa de la joven sostuvo que la droga fue introducida por una tercera persona, ya que la carta estaba firmada por ella, lo que habría supuesto su autoinculpación. Además, la acusada admitió que por su condición de toxicómana y por estar presa, de haber tenido esa cantidad de droga, la hubiera consumido ella misma.