¿Por qué zonas de Madrid puedo circular si tengo la etiqueta verde?

La deberán llevar los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014

S. M.

El protocolo anti contaminación de Madrid limita la circulación de vehículos en función de los distintivos ambientales de la DGT, incluidas las motos y los ciclomotores .

Aunque las multas comenzarán a expedirse en febrero de 2019, cuando existan episodios concretos de contaminación ambiental se limitará la velocidad o circulación de vehículos.

Si la pegatina de la DGT de nuestro coche es de color verde, la denominada etiqueta C , ¿qué tendré que hacer?

En primer lugar, la deberán llevar los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. También deberán llevarla vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4, 5 y 6 y en Diésel la Euro 6.

Las posibles reducciones de acceso o restricciones dependerá del escenario. Cuando tenga lugar un día con superación del nivel de preaviso, se reducirá la velocidad a 70 km/h en la M-30 y accesos . Lo que implica las estaciones de Escuelas Aguirre, Castellana, Plaza de Castilla, Ramón y Cajal, Cuatro Caminos, Plaza de España y Barrio del Pilar, además de los tres accesos de Plaza del Carmen, Méndez Álvaro y Retiro.

Cuando se de el escenario 2 y 3, estará prohibido estacionar en las plazas y horario del Servicio Estacionamiento Regulado (SER). Y ante el escenario de alerta -un día de nivel de alerta- tendrán prohibido circular en todo el término municipal a los vehículos a motor, incluidos ciclomotores, tampoco podrán estacionar, además que los taxis libres, excepto Eurotaxis y vehículos que tengan la clasificación ambiental de 0 o ECO en el Registro también tendrán prohibido circular.

Asimismo, para la carga y descarga en el centro de la capital se exigirá, como mínimo, un certificado de etiqueta C en los vehículos, que indica un nivel superior de eficiencia. Eso sí, no podrán aparcar en la zona ser en los escenarios 2 y siguientes.

Niveles

Preaviso : cuando en dos estaciones cualesquiera de una misma zona se superan los 180 microgramos/m3 durante dos horas consecutivas de forma simultánea o en tres estaciones cualesquiera de la red de vigilancia se superan los 180 microgramos/m3 durante tres horas consecutivas de forma simultánea.

Aviso : cuando en dos estaciones cualesquiera de una misma zona se superan los 200 microgramos/m3 durante dos horas consecutivas de forma simultánea o en tres estaciones cualesquiera de la red de vigilancia se superan los 200 microgramos/m3 durante tres horas consecutivas de forma simultánea.

Alerta : cuando en tres estaciones cualesquiera de una misma zona (o dos si se trata de la zona 4) se superan los 400 microgramos/m3 durante tres horas consecutivas de forma simultánea.

Excepciones

Durante la aplicación de las medidas del Protocolo de contaminación, podrán seguir estacionando en las plazas del SER los residentes (exclusivamente en su barrio y plazas), los de personas con movilidad reducida, los autorizados como comerciales e industriales del SER con calificación ambiental CERO, ECO y C, y los B hasta el 31 de diciembre de 2020, los vehículos estacionados en zonas reservadas para su actividad y los autotaxis y vehículos de alquiler de servicio público con conductor que estén en servicio y su conductor esté presente, entre otras excepciones.

Por otro lado, habrá excepciones a la limitación de circulación para el transporte público colectivo, los servicios de emergencias, los vehículos de profesionales cuya hora de inicio o de fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del transporte público previa autorización, los vehículos para limpieza y gestión de arbolado urbano. También se permitirá la circulación a los vehículos comerciales e industriales de distribución urbana de mercancías (igual o inferior a 3.500 kg hasta diciembre de 2019 y superior a 3.500 kg hasta diciembre de 2022), y algunos vehículos especiales, como grúas, servicios funerarios, adaptados para la retransmisión de radio o televisión o vehículos blindados.

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