¿Tengo que incluir la ayuda de comprar un coche nuevo en la declaración de la renta?

Sí, al estar obligados a incluirlas en la declaración de la renta se podría tener que llegar a pagar casi el 50% de lo percibido

Declaración de la Renta: en qué casilla se añade el ERTE

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S. M.

Las ayudas aprobadas por el Gobierno para la compra de vehículos nuevos o kilómetro cero son sin duda un gran incentivo para la recuperación de un sector que en los últimos meses registra una grave caída . Pero una gran parte de los compradores desconocen que estas ayudas no son libres de impuestos y que por lo tanto deben tenerse en cuenta en la declaración de la renta . La cantidad por la que tributaremos será en función de la base de retención , pero para aquellas personas cuyos ingresos estén cerca del límite de su tramo de retención la ayuda puede hacerlas saltar de escalón y que tengan que aplicar un mayor porcentaje en su declaración.

Para hacernos una idea, el sueldo medio en España es de 27.537€ anuales, aunque el más habitual se reduce a 17.482. Teniendo en cuenta estas cifras, y realizando los cálculos para una media de 19.809€ anuales de ingresos brutos para una familia con dos hijos, las ayudas a la compra de automóvil podrían obligarnos a tener que pagar hasta 1.325€ más en la declaración de la renta del próximo año, según las estimaciones realizadas para ABC por los expertos del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda ( Gestha ).

Desde esta organización explican que las ayudas públicas están sujetas a tributación en el Impuesto sobre la Renta, salvo que la ley que las crea determine expresamente su exención, incluso aunque se instrumenten como descuento. En este caso, la obtención de las nuevas ayudas públicas a una persona particular para la adquisición de un vehículo constituye una ganancia patrimonial, no derivada de transmisión de elemento patrimonial, que se incluye en la base imponible general progresiva en función de los ingresos y de la situación personal y familiar del contribuyente.

Los descuentos realizados directamente por el fabricante, concesionario o punto de venta del vehículo adquirido se consideran descuentos comerciales y no tributan para el IRPF. Eso sí, en ningún caso se pagaría al fisco un importe mayor al de la ayuda recibida, al contrario de lo que aseguran algunos bulos.

Según explican desde Gestha, sin tener en cuenta las escalas autonómicas (para simplificar), si se supera una base liquidable de 60.000 euros, cada euro adicional que percibamos tributará a un 45%, sin contar con las bonificaciones o deducciones que podamos utilizar. Aunque solo el 4% de los contribuyentes declara una base superior a 60.000€, el efecto en la progresividad en su renta general de recibir o no una ayuda o cualquier otro ingreso, se calcula en el 45% del importe adicional de la ayuda pública o del ingreso, variando ese importe en más o menos según la Comunidad Autónoma de residencia. Por lo que no es posible que se vaya a pagar más impuestos que el importe de la ayuda, aunque sí cerca de la mitad en el caso de los compradores con las rentas más altas.

Pese al «mordisco» de Hacienda, la buena noticia es que el Gobierno ha anunciado un programa de ayudas para rejuvenecer el parque de vehículos, y ha aprobado además un plan específico, el Moves III , para incentivar la adquisición de vehículos de Cero y muy bajas emisiones. El importe de las ayudas puede llegar a los 7.000 euros, teniendo en cuenta la aportación realizada por la administración y los descuentos adicionales obligatorios por parte de las marcas de automoción o concesionarios. También estos descuentos ayudarán a que muchos de los potenciales compradores se decidan a dar el paso, pero hay que tener en cuenta algunos detalles, la «letra pequeña» de la ayudas, para evitar tener un susto con la declaración de la Renta, además de tener en cuenta que para acceder a estas ayudas hace falta cumplir una serie de requisitos.

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