Tania Sánchez, a su llegada a la comisión de investigación el pasado 7 de enero
Tania Sánchez, a su llegada a la comisión de investigación el pasado 7 de enero - ángel de antonio

La comisión de Rivas ve irregular la actuación de Tania Sánchez

Deja en manos de la Justicia las posibles responsabilidades personales

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

La actuación de Tania Sánchez y de su padre, Raúl Sánchez, en las adjudicaciones realizadas por el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid de las que se benefició la empresa de otro hijo de éste fue irregular, pero los contratos legales, ya que los votos de los familiares no fueron decisivos en la aprobación de esas operaciones. Esta es la tesis que mantiene el documento de conclusiones de la comisión de investigación puesta en marcha en el Consistorio tras el escándalo destapado por ABC, que se aprobará con los votos de Izquierda Unida, partido al que pertenecían los dos principales implicados, y el del representante de Ciudadanos por Rivas, que da a la formación que dirige el municipio la mayoría necesaria.

Lo que hace el documento, al que ha tenido acceso ABC, es defender la legalidad de las adjudicaciones –«desde el origen hasta el final con la contratación del servicio no existe ningún procedimiento ilegal en su tramitación

», precisa. Pero sobre la «responsabilidad personal» de Sánchez y su padre afirma que «no es competencia de esta comisión, siendo la justicia y los tribunales» los que deben pronunciarse.

En sus conclusiones, el escrito señala que «ha quedado demostrado que los procedimientos de contratación han sido iguales que en el resto de procedimientos desarrollados» por el Ayuntamiento de Rivas. En cuanto a la adjudicación de la escuela municipal de tenis, recuerda que es el propio exalcalde José Masa quien reconoce su responsabilidad al conocer que un funcionario tenía intereses en la sociedad que ganó el contrato, y da por buena la versión de Tania Sánchez y su padre en el sentido de que esa misma persona fue la que tomó las decisiones y que ellos se limitaron a ejecutar las órdenes. Eso sí, uno y otro admiten su «error» en haber participado en las Juntas de Gobierno que decidieron las contrataciones.

A partir de ahí, las conclusiones se limitan a ratificar lo obvio: que Tania Sánchez debió abstenerse de apoyar esas contrataciones, por más que se tratase de un «voto de asentimiento» y que estaba obligada a cumplir la «norma relativa a la incompatibilidad y causas legales de abstención», aunque las adjudicaciones fueron legales porque su intervención «no fue decisiva, por ser el resto de votos favorables suficiente para la adopción del acuerdo».

Peor suerte corre el funcionario que tenía intereses en la sociedad adjudicataria, pues «existe una irregularidad al no poner en conocimiento de sus superiores tal situación ya sea por acción o por no conocimiento», por lo que se le abrió un expediente de información reservado.

Ver los comentarios