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Y ¿qué más da?

En absoluto ese cambio va a evitar lo que realmente todos sabemos que significa la palabra imputar

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El proyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento, que ya aprobó el Gobierno en Consejo de Ministros, es como la expresión española del mismo perro pero con distinto collar. Porque se trata de una reforma que establece como gran novedad la sustitución del término «imputado», por uno de sus sinónimos, «investigado». Y pregunto, ¿qué más da? ¿Qué es lo que realmente pretenden con esa sustitución? En mi modesta opinión, se trata de una de esas modificaciones que tienen la pinta de las clásicas operaciones de maquillaje a las que nos tienen acostumbrados nuestros políticos y que se auto conceden pensando solamente en sus propios intereses y con el convencimiento de que así, con esa eliminación del vocablo imputar, terminan con el problema.

Como si la semántica fuese, en este caso, más importante que el propio hecho en sí. Hecho que se pretende esconder bajo el paraguas de un nuevo verbo que viene a significar exactamente lo mismo. Y es que a nuestros políticos les parece horroroso que les llamen imputados y entonces se buscan un sinónimo algo más suave para intentar disimular lo que no pueden y dejar resuelto un problema que les atormenta. Pues creo que no va a ser tan fácil. Porque ese no es el problema. En absoluto ese cambio va a evitar lo que realmente todos sabemos que significa la palabra imputar. Por mucho que pretendan disimular su significado. Todos sabemos bien cuál es y cuáles son las actuaciones bochornosas que esa palabra esconde.

No voy a entrar aquí en análisis sobre la definición jurídica del sujeto procesal «imputado», porque ni soy letrado ni pertenezco a cuerpo jurídico alguno y, sobre todo, porque si utilizo ese lenguaje procesal penal me puedo llevar un tirón de orejas y un fuerte rapapolvo de algún magistrado, sobre todo de uno tan prestigioso como mi admirado amigo Eligio Hernández, por meterme donde no me llaman. Pero, dentro de mi ignorancia jurídica me parece que imputar es un acto que implica una acusación formal por un delito concreto, y por lo tanto entiendo como imputado a la persona a quien se dirige un proceso penal. Y esto es y será así, por mucho que intentemos cambiarle el nombre. Dicen que da igual imputado que investigado. Pues claro, lo que pasa es que esta segunda terminología, la de investigado, parece algo más suave. Y que conste que soy de los convencidos de que, quienes le han dado al vocablo imputado un exagerado significado -muchas veces se llega a confundir con procesado-, han sido los propios políticos y algunos medios de comunicación. Hay un conocido refrán español que se utiliza con bastante frecuencia en cuestiones relacionadas con la condición humana pero que podríamos emplearlo aquí. Dice así: «Aunque la mona -la imputación- se vista de seda -de investigación-, mona se queda».

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