Condenado el dueño de un bar que sirvió líquido lavavajillas en lugar de mosto por error

El afectado, que recibirá una indemnización de más de 50.000 euros, sufrió lesiones en el esófago

Markus Mainka
Adrián Mateos

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El Juzgado de los Penal número 2 de San Sebastián ha condenado a tres meses de cárcel al propietario de un bar de Irún , en Guipúzcoa, que sirvió líquido lavavajillas en lugar de mosto a un cliente. Un error que provocó lesiones en el estómago del afectado, que recibirá una indemnización de 53.657 euros.

Durante el juicio, que se celebró el pasado noviembre, la Fiscalía había solicitado dos años de prisión tanto para el dueño del local como para su esposa, a los que les imputaba un delito de lesiones imprudentes . Sin embargo, la sala ha considerado que la mujer no podía prever lo que iba a hacer su marido .

Los hechos tuvieron lugar el 9 de julio de 2012. Al procesado se le había estropeado la máquina lavavajillas, a la cual añadía directamente el líquido limpiador. Para ello, tomó una botella de mosto vacía y la rellenó con el fluido . En torno a las 20.30 horas, un grupo de amigos acudió al establecimiento y pidió dos zuritos, una copa de vino y un zumo de manzana. Como no tenía zumo, el camarero sugirió al afectado pedir un mosto.

Sin embargo, en un descuido fatal , el dueño del local sirvió el contenido de la botella de mosto que previamente había rellenado con lavavajillas: «Al darle un trago a su consumición, notó inmediatamente cómo se abrasaba la boca y el esófago , cayendo al suelo presa del dolor», explica el juez en la sentencia.

Debido a ese trago, la víctima sufrió una esofagitis necrótica difusa, estenosis esofágica distal y gastritis antral, lesiones que tardaron 148 días en sanar . En la actualidad, padece estenosis esofágica con disfagia para sólidos y gastralgia.

La resolución considera que el procesado incurrió en una «infracción del deber del cuidado » al tratarse «de un establecimiento de hostelería que sirve consumiciones», en el cual existe «un deber especial en cuanto al cumplimiento de la normativa en materia de salud e higiene respecto de los productos que se venden al público».

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