Navarra supera a Madrid en incidencia de Covid y endurece las medidas

Con una tasa de 11,1% en la Comunidad, son 4 las poblaciones confinadas

Un hombre sale del centro de salud de San Adrián. EP

G.Santamaría

Navarra prohíbe nuevamente las visitas de familiares y las salidas de las personas residentes en 38 de los 71 centros de mayores existentes en la Comunidad Foral. Una medida más ante el incremento de casos por cuya incidencia, este viernes, Navarra superó en incidencia de casos, tal y como informó el Ministerio de Sanidad, con un 11,1 %. Asimismo, en esta semana, para el jueves, Navarra ya había cerrado cuatro localidades, Peralta, Falces, Funes y la última, San Adrián, con lo que suponen más de 17.000 habitantes afectados y cuyas entradas y salidas de las localidades controlan Policía Municipal, Policía Foral y Guardia Civil,

Las residencias a las que ahora se aplican las medidas de control de visitas están situadas en las veinte zonas básicas de salud que presentan una incidencia superior a 3 casos por cada mil habitantes, y en otras nueve que no superan ese umbral pero pertenecen a Pamplona y Comarca que se contabiliza como una única zona a estos efectos Un repunte que se produjo este viernes cuando Navarra ha pasó a ocupar el primer lugar de España en nuevos positivos acumulados en los últimos 14 días por cada 100.000 habitantes, superando así a Madrid. Según la información dada a conocer ayer por el Ministerio de Sanidad, el índice acumulado en la Comunidad foral es de 692, Madrid tiene 647, y la media española es de 269.

En cuanto a la capacidad hospitalaria, el porcentaje de camas ocupadas por pacientes covid en Navarra es el 8,9%, cerca de la media nacional que es el 8,7%. Hay 6 comunidades con mayor ocupación. En cuanto a las camas UCI, tiene ocupadas el 20,9%, frente al 17,9% de media. Hay 5 comunidades por delante de Navarra.

El Pleno del Parlamento de Navarra aprobó también, este jueves, un endurecimiento del régimen sancionador por incumplimiento de las medidas de prevención y contención para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por Covid 19. El Decreto de Ley Foral 9/2020 se enmarca en el empeoramiento de la situación epidemiológica

A esos efectos se regulan las infracciones y sanciones en materia de Covid 19, se establece el procedimiento sancionador y se da continuidad a la moratoria aprobada en materia de juego y apuestas, matizando las limitaciones de las autorizaciones de instalación de máquinas. Así, se procede a una gradación de las infracciones en función de los riesgos o daños que entrañen para la salud pública de la población.

Las infracciones leves serán sancionadas con entre 100 y 3.000 euros y prescribirán al año. En concreto, el uso inadecuado o la ausencia de mascarilla se castigará con un mínimo de 300 euros si la persona infractora no respeta la distancia de seguridad física (1,5 metros), y el botellón o similar con no menos de 600 euros.

Las faltas graves, que acarrearán multa de entre 3.001 y 60.000 euros, y las muy graves, entre 60.001 y 600.000 euros, caducarán a los dos y cinco años, respectivamente.

En el caso de los Ayuntamientos de municipios de población superior a 50.000 habitantes, estarán habilitados para incoar, instruir y resolver los expedientes sancionadores.

Por poblaciones, la noche del viernes, San Adrián (6.292 habitantes) ya quedó confinado por el Gobierno de Navarra, con lo que se suma así a Peralta (6.000 habitantes), Falces (2.315 vecinos) y Funes (2.440), más de 17.000 habitantes en total. Asismismo, el Gobierno de Navarra prorrogará por siete días naturales más (hasta el jueves 8 de octubre incluido) las medidas preventivas destinadas a reducir la curva de contagios por COVID-19, adoptadas el pasado 11 de septiembre, e incluye unas modificaciones en cuanto a aforos en comercios minoristas y centros comerciales. La prórroga y modificaciones de estas medidas, que se enmarcan dentro de la estrategia global del Gobierno de Navarra para la contención del COVID-19 puesta en marcha este verano, entrarán en vigor desde esta medianoche, 0:00 horas del viernes 2 de octubre.

Además, en colaboración con el Ayuntamiento de San Adrián, Salud ha aprobado un paquete de medidas extraordinarias para contener la expansión del COVID-19 en este municipio de algo más de 6.000 habitantes, donde la incidencia acumulada de los últimos 14 días es de 1.399 casos por 100.000 habitantes. Estas medidas restrictivas extraordinarias son similares a las que se han venido aplicando en localidades como Peralta, Falces y Funes en las últimas semanas.

Las medidas adoptadas por el Ejecutivo foral para el municipio de San Adrián entraron en vigor la medianoche del viernes (a las 0.00 horas de este próximo sábado, 3 de octubre) e incluyen restricciones en horarios, aforos y número de personas por grupo referidas al ámbito públicos (hostelería, comercio, deporte, cultura, etc.) y privado, pero también limitaciones a las salidas y entradas de la localidad que quedan reservadas para los desplazamientos imprescindibles, medidas que ya se han aplicado en otras localidades navarras como Peralta, Funes y Falces.

La actuación, aprobada mediante Orden Foral de la consejera de Salud, tendrá una duración inicial de una semana, prorrogable según la evolución de la situación epidemiológica. En este sentido, San Adrián ha registrado una incidencia acumulada en los últimos 14 días de 1.399 casos por 100.000 habitantes.

Cierre de bares a las 22 horas y máximo de 6 personas en el ámbito privado

Así, entre las medidas adoptadas se incluyen la restricción de grupos de más de 6 personas -ya vigente para el ámbito público- en el ámbito privado. En segundo lugar, se limitan las entradas y salidas del municipio (no así de los domicilios) exceptuando desplazamientos que tienen que ver con obligaciones laborales, sanitarias, educativas, retorno a la residencia habitual, atención a personas vulnerables y otras causas de fuerza mayor.

Por sectores, y según recoge la Orden Foral, los establecimientos hosteleros deberán cerrar para las 22 horas con aforos del 50% (en el interior y en terrazas) pudiendo servir solo en mesas con grupos de no más de 6 personas. Esa misma limitación de aforo regirá para comercio, mercadillos, etc., además de otras restricciones en diferentes eventos sociales. También se clausurarán diferentes instalaciones deportivas, culturales y parques públicos, mientras que en el ámbito educativo rige el protocolo correspondiente.

Todas estas medidas responden a un análisis de la tipología de los contactos y serán objeto del correspondiente seguimiento y evaluación epidemiológica por parte del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (ISPLN).

Modificación en aforos para comercios minoristas y centros comerciales

Respecto a la nueva Orden Foral publicada hoy en el BON, con la que se prorrogan, por un plazo de siete días naturales a partir de esta medianoche (0:00 horas del viernes 2 de octubre), todas las medidas establecidas en la Orden Foral 42/2020, de 11 de septiembre, de la consejera de Salud, por la que se adoptan medidas preventivas para Navarra como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19, cabe destacar que contempla dos modificaciones de la norma anterior con los que se actualizan los aforos para establecimientos y locales comerciales minoristas y de centros o parques comerciales.

En el primer caso, los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades y servicios profesionales abiertos al público, no ligados a centros o parques comerciales, no podrán superar el 50% de su aforo máximo permitido. Si estos locales disponen de varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar la misma proporción.

En lo que respecta a establecimientos que tengan la condición de centros y parques comerciales o que formen parte de ellos, no podrá superarse el 40% del aforo máximo permitido en sus zonas comunes y recreativas determinado en el plan de autoprotección de cada centro o parque comercial. Y los locales situados en estos centros y parques comerciales tampoco podrán superar el 50% del aforo máximo permitido.

En ambos tipos de establecimientos, en todo caso, se establecerán las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal (de al menos 1,5 metros) en las instalaciones y el uso de mascarilla. Asimismo, se procurará la atención con servicio preferente para personas mayores de 65 años.

Por otro lado, la nueva norma recomienda que la participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado social o familiar sea de un número máximo de seis personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Las presentes medidas estarán vigentes y serán objeto de seguimiento y evaluación continua y, en todo caso, en un plazo no superior a siete días naturales, con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica, pudiendo a estos efectos, prorrogarse, modificarse o dejarse sin efecto.

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