Condenan al exalcalde de Humanes y a su número dos a 3 años y 6 meses de inhabilitación por prevaricación

Adolfo Álvarez Sojo (independiente) ha sido condenado por ordenar la ampliación de unas obras de un complejo deportivo en 2008 sin seguir los procedimientos administrativos y sin fiscalización de la Intervención municipal

Imagen de Adolfo Álvarez Sojo, en 2006, cuando era alcalde de Humanes Ángel de Antonio

S. L. | Ep

El juzgado de lo Penal número 3 de Móstoles ha condenado al exalcalde de Humanes de Madrid Adolfo Álvarez Sojo (independiente) a tres años y seis meses de «inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo» por una prevaricación administrativa al ordenar la ampliación de unas obras de un complejo deportivo en 2008 sin seguir los procedimientos administrativos y sin fiscalización de la Intervención municipal.

Se trata de la segunda sentencia que inhabilita a Álvarez Sojo, ya que, en 2017, el Tribunal Supremo confirmó una condena de dos años de prisión y 15 de inhabilitación por los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos en otro caso.

Según la sentencia conocida hoy, fechada el pasado 4 de diciembre y a la que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado ha condenado a la misma pena de tres años y seis meses de inhabilitación a quien fuera su teniente de Alcalde y edil de Obras durante el mandato de 'Compromiso Social con Humanes' (CSH) , Félix Caballero Alonso.

Los hechos enjuiciados se remontan a 2006 y2007, cuando Sojo era alcalde y Caballero, responsable de Obras . En ese momento, se adjudicaron a una empresa las obras de dependencias auxiliares en el campo de fútbol 'Emilio Zazo', concretamente trabajos de cafetería, vestuarios y cerramientos.

Ampliación de las obras

Durante el desarrollo de las obras, el club de fútbol local ascendió de categoría y exalcalde y exedil de Obras «dieron órdenes al arquitecto y empresa constructora para realizar modificaciones en el proyecto inicial con el consiguiente aumento de costes», modificaciones que, según el auto judicial, «fueron aprobadas siempre de forma verbal por los imputados sin aprobación de expediente alguno de contratación o modificación de proyecto ».

Además, según los hechos probados recogidos en la sentencia, tampoco se llevó a cabo la «fiscalización de la intervención municipal».

El coste inicial del proyecto pasó de 482.990 euros a 1.175.374 euros, una modificación que se realizó «sin aprobación de expediente alguno de contratación o de modificación de proyecto», según la resolución judicial.

Además, Intervención no fiscalizó ni contabilizó las facturas a las que la ampliación dio lugar, como una factura del 23 de septiembre de 2008 por importe de 692.624 euros.

Eludir responsabilidades

El auto recuerda que, durante el juicio, ambos encausados se responsabilizaron mutuamente de la ampliación. Según argumenta la sentencia, «no se pueden aceptar las alegaciones de desconocimiento y no responsabilidad de Adolfo Álvarez Sojo» porque fue quien «aparece firmante en la gran parte de documentos» y porque, según los testigos, por él pasaban «todas las órdenes de ampliación».

Sobre Félix Caballero, el juzgado considera que era «de quien dependían las obras» y que era «quien firma la recepción de obra», además de preparar «todos los documentos» para que los firmase el exalcalde, con lo que concluye que era «conocedor y partícipe de todas las obras».

El juzgado ha condenado a Álvarez Sojo y a Félix Caballero a las costas judiciales, en una sentencia contra la que cabe recurso de apelación.

Esta sentencia se suma a la de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS), que, en 2017, confirmó otra condena de dos años de prisión y 15 de inhabilitación para Álvarez Sojo por los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos relativos al caso 'Autoescuela Humanes', por unos cursos de formación vial nunca impartidos.

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