Agapito, el mayor moroso de España, absuelto de fraude fiscal

El Ministerio Público pedía para el empresario cuatro años de prisión por omitir en su declaración de la renta de 2009 un millón y medio de euros

Agapito García, a su llegada a la Audiencia Provincial de Madrid

Carlota Barcala

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La Audiencia Provincial ha absuelto a Agapito García de un delito de fraude fiscal por el que la Fiscalía pedía para el empresario cuatro años de prisión. Agapito, el mayor moroso de España según la lista de Hacienda de 2019 que asegura que debe la friolera de 15.978.413 euros, fue acusado por el Ministerio Público de omitir en su declaración de 2009, con el fin de «aminorar sustancialmente la cantidad que debía ingresar al Erario Público en concepto de IRPF », 1.583.182 euros.

En concreto, se le investigaron cuatro operaciones en las que la Fiscalía entendía que se derivaba un delito contra la Hacienda Pública y que en este caso acarrea una multa de 4.749.547 euros . En el juicio, que se celebró en febrero, el empresario de 77 años aseguró ser la víctima. «La Agencia Tributari a me ha expoliado», dijo a las puertas de la Audiencia Provincial. Su objetivo, lo dejó muy claro, era terminar con la Agencia: «Me voy a dejar la piel en eso. Me ha triturado desde 1989».

La primera de las operaciones fraudulentas, según la Fiscalía, tiene su origen en la venta por 4.112.073 euros de un total de 359.999 acciones de Inversiones Intermarkets Sicav , lo que supuso un incremento patrimonial de 512.083,88 euros. Dichas acciones, según la Fiscalía, fueron suscritas por 3.599.990 euros; siendo propiedad del acusado, por transmisión a este desde su sociedad PM-ADS S.L. en el momento de la extinción de esta, según escritura de 13 de diciembre de 2007.

La segunda está relacionada con un préstamo de 2.663.500 euros que percibió el acusado de su sociedad Mirador de la Dehesa S.L. a lo largo del ejercicio 2009. «La cuenta de préstamo presenta 2.768.500 al debe, menos 105.000 al haber. Esta última cantidad anotada en el haber el 20 de febrero de 2009 procede de una cuenta de la sociedad PM-ADS S.L., que había sido disuelta en diciembre de 2007 y atribuido al acusado todo su patrimonio », añade el escrito de acusación.

Dicho crédito citado fue cedido por Mirador de la Dehesa a la sociedad Inver PM S.L., de la que era socio único Agapito. En Inver PM la cuenta pasó a denominarse, genérica y significativamente ajena a la definiciones del Plan General de Contabilidad, «Deudores Varios». Ni la pagadora ni la cesionaria reclamaron nunca estas cantidades al deudor, afirma la Fiscalía .

La tercera operación se produce a raíz de la firma de un contrato firmado entre Agapito y Juan Luis Rivero, donde se establecía que el primero iba a comenzar a percibir 15.000 euros mensuales desde el 1 de septiembre de 2009 a través de cuatro sociedades en las que era accionista único. Ese dinero (60.000 euros), según la Fiscalía, deben ser imputados a la base imponible del IRPF de 2099 del acusado, «pues la asistencia financiera a Mirador de la Dehesa S.L. se presta en virtud del personal compromiso de Agapito García, que afecta a su patrimonio total, dentro del que se encuentra el patrimonio de las cuatro sociedades que facturan a Mirador de la Dehesa S.L.». La última operación alude a la condonación de una deuda. El magistrado le ha dado la razón ahora a Agapito, detrimento del Minsiterio Público.

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