El acusado, sentado en el banquillo durante el juicio, la semana pasada
El acusado, sentado en el banquillo durante el juicio, la semana pasada - JUAN CARLOS SOLER
San Juan de Alicante

Confirmada la prisión provisional para el joven grabado cuando daba una paliza a su pareja

El acusado no quedará en libertad en espera de la sentencia por el riesgo de fuga o de una nueva agresión a la mujer

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La jueza ha ratificado la situación de prisión provisional comunicada y sin fianza en la que se encuentra el joven juzgado el pasado viernes tras ser grabado por las cámaras de vigilancia agrediendo a su pareja en un portal de San Juan de Alicante.

El acusado, que se enfrenta a una pena de prisión de dos años y tres meses por un delito de lesiones, permanecerá en la cárcel hasta que se dicte la sentencia.

En el auto del Juzgado Penal número 6 de Alicante, notificado este lunes a las partes, la magistrada ratifica la medida adoptada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 el pasado 25 de noviembre por entender que existe riesgo de que el acusado se fugue o intente de nuevo atentar contra la vida o integridad de la víctima.

A la espera de dictar sentencia, la jueza considera que tras la vista oral y pese a que ni víctima ni acusado quisieron declarar, queda acreditado que “el día 20 de noviembre de 2016 sobre las siete de la mañana el acusado agredió violentamente a su pareja sentimental en el portal de la vivienda, propinándole puñetazos, tirándola al suelo, arrastrándola del pelo por las escaleras, e introduciéndola finalmente en el ascensor, dándole una paliza de entidad considerable, que le ocasionó las lesiones descritas en el parte médico e informe forense que consta en las actuaciones”.

Pese a que el acusado “carece de antecedentes penales y solo tiene antecedentes policiales”, la jueza mantiene que “la adopción de una orden de alejamiento no resultaría suficiente para proteger la integridad de la víctima, toda vez que la misma podría ser incumplida, si tenemos en cuenta que la propia víctima ha manifestado en el juicio que sigue siendo pareja sentimental del acusado", se establece en el citado auto.

En consecuencia, "ebe prevalecer pues la necesidad de proteger la integridad de la víctima, aún al margen de la voluntad de la misma”, añade la resolución.

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