Un hombre trata de pescar una trucha en Santa Marina del REy (León)
Un hombre trata de pescar una trucha en Santa Marina del REy (León) - ICAL
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El período de pesca en aguas trucheras se establecerá entre marzo y julio

Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid abrirán la veda el 20 de marzo, mientras que las restantes podrán hacerlo el tres de abril

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La temporada de pesca en aguas trucheras se abrirá el 20 de marzo para las provincias de Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid, mientras que el resto podrá hacerlo a partir del día 3 de abril, si bien la temporada finalizará en todas el 31 de julio. Así lo establece la orden que constituye las normas reguladoras de la pesca en Castilla y León para el año 2016, que se presentó a la Comisión de Pesca del Consejo Regional de Medio Ambiente de Castilla y León, presidida por el director general del Medio Natural, José Ángel Arranz.

Según informa Ical a partir de un comunicado de la Junta, la orden analizada determina también las especies que podrán ser objeto de pesca, además de la gestión que debe llevarse a cabo en el caso de especies no pescables y de especies exóticas invasoras.

Asimismo, establece los periodos y días hábiles, tallas, cupos de capturas, cebos y señuelos, procedimientos y artes de pesca para cada una de las especies, así como sus excepciones. Todo ello dentro de los principios de planificación del aprovechamiento de los recursos piscícolas en términos de sostenibilidad del mismo en cada uno de los tramos.

En el caso de la trucha, con carácter general, el periodo hábil para las provincias de Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora abarca desde el domingo, 3 de abril, hasta el domingo 31 de julio, ambos inclusive, mientras para las provincias de Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid se extiende desde el domingo, 20 de marzo hasta el domingo, 31 de julio, ambos inclusive.

La norma, en consonancia con la Ley de Pesca, contempla que en las aguas trucheras, con carácter general, se practicará la pesca sin muerte, por considerar que en estas masas de agua la trucha, especie de interés preferente, está presente de forma significativa. Esto significa que en las aguas de acceso la pesca de la trucha se practicará en la modalidad 'sin muert'e, es decir sólo se podrá utilizar la mosca artificial, en cualquiera de sus variedades o montajes, o la cucharilla de un solo anzuelo; en ambos casos, con arponcillo ausente o inutilizado, y cualquier ejemplar de trucha que se capture debe ser devuelto a las aguas de forma inmediata, procurando ocasionarle el mínimo daño en su manejo.

La pesca con muerte está autorizada en los cotos, bajo un régimen de permisos de pesca, y en los tramos denominados aguas en régimen especial controlado donde se permite la extracción de truchas, previa obtención de un pase de control gratuito, a través del servicio telefónico 012 o de la página web de la Junta.

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