Cartel de Águeda del Caudillo, a la entrada del pueblo
Cartel de Águeda del Caudillo, a la entrada del pueblo - ABC
Memoria Histórica

Aprueban la eliminación de la denominación «del Caudillo» del municipio salmantino de Águeda

Recurren ante el TSJCyL para que San Leonardo de Yagüe (Soria) prescinda de su «apellido»

Valladolid Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

La Junta de Castilla y León aprobó el pasado 16 de marzo, mediante acuerdo, la eliminación de la denominación «del Caudillo» del municipio salmantino de Águeda, Entidad Local Menor perteneciente perteneciente a Ciudad Rodrigo, tal y como aparece reflejado en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) de este lunes.

Con el cambio de denominación de la Entidad Local Menor de Águeda del Caudillo a la de Águeda, que será definitivo tras su próxima publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se da cumplimiento a la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura, también conocida como Ley de Memoria Histórica.

Contra el acuerdo de la Junta cabe poner, en el plazo de un mes desde su publicación este lunes en el Boletín Oficial de Castilla y León, recurso de reposición, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).

Por otra parte, el letrado Eduardo Ranz ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León el fallo del juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Soria, de 27 de febrero de 2017, que rechazó el procedimiento para que San Leonardo de Yagüe (Soria) prescindiera de su «apellido».

El recurso del letrado interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL, se fundamenta en la legitimidad del recurrente para iniciar el proceso legal. «El juez indica que se debe separar la figura civil de la militar. Sin embargo, se admite la personación en el proceso de dos fundaciones, la primera representa a Francisco Franco, y la segunda en sus estatutos y notas de prensa se refieren al General Yagüe, igualmente así consta en los documentos del Ayuntamiento, por tanto son ellos mismos los que no diferencian al mismo», critica Ranz.

A título de ejemplo, el letrado recuerda que el máximo responsable o exponente del franquismo, el dictador Francisco Franco, seguramente otorgó algún privilegio a la ciudad de Ferrol, y no por ello debe dicha ciudad llamarse Ferrol del Caudillo, o quedar absuelto de los actos perpetrados: «Un Ayuntamiento no amnistía las leyes de aplicación en su territorio», informa Ep.

Ver los comentarios