Jacinta Monroy y los concejales, absueltos por los vertidos de aguas residuales en «El Juncal»

Según la sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, la alcaldesa de Argamasilla de Calatrava mantuvo en todo momento «una constante preocupación y búsqueda de soluciones»

Jacinta Monroy, alcaldesa de Argamasilla de Calatrava ABC

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La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha absuelto a la alcaldesa de Argamasilla de Calatrava, Jacinta Monroy , y a los concejales Jesús Manuel Ruiz Valle y Antonio Gil Muñoz de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente por vertidos de aguas residuales sin depurar procedentes del municipio y su polígono industrial en la zona conocida como «El Juncal». La alcaldesa también sale impune de los delitos de falsedad en documento público u oficial y prevaricación administrativa y lesiones imprudentes. Además. se exime de responsabilidad al Ayuntamiento en lo que atañe a las pretensiones indemnizatorias que se dedujeron en su contra.

La sentencia, fechada el 30 de abril, considera que, si bien «es indiscutible que el actual sistema de depuración de las aguas residuales por el filtro verde resulta obsoleto y no es el adecuado para un municipio como Argamasilla de Calatrava con aproximadamente 6.000 habitantes», no puede «per se» dar lugar a responsabilidad penal, y más cuando la alcaldesa mantuvo en todo momento «una constante preocupación y búsqueda de soluciones». Y añade que no se aprecia «ni temeridad ni mala fe» en la conducta procesal de los acusados. Tampoco ha habido conducta dolosa en los enjuiciados, ya que fueron «constantes» los correos electrónicos remitidos a diferentes administraciones con el fin de dar una solución a la depuración de las aguas residuales.

El tribunal concluye que la alcaldesa «autorizó y dotó de los medios necesarios para ejecutar las medidas que les indicaban los técnicos, con la finalidad de mitigar los efectos perniciosos que suponía el sistema de depuración del filtro verde, que no es el sistema óptimo de tratar las aguas residuales pero que en ese momento es el único que se tenía». En consecuencia, su conducta «desde que tomó posesión en junio de 2011 fue la de abordar la construcción de una depuradora y además cuando asumió de facto el mantenimiento del sistema de depuración de aguas residuales del filtro verde, acometió todas aquellas actividades que en su capacidad de actuación o por indicación de los técnicos que asumieron su mantenimiento debía realizar, así como gestionó fuentes de financiación para la construcción de una estación depuradora de aguas residuales».

Por último, no ha quedado acreditado el nivel de contaminación medioambiental ni la afección que pudiera haber tenido para la salud de las personas. Contra esta resolución puede interponerse recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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