¿Podría ser nula la ampliación de capital de la U.D. Las Palmas?

La Ley de Sociedades de Capital dice: «La sociedad garantizará la autenticidad de los documentos publicados en su web»

R.L.P.

La convocatoria de la ampliación del capital de Unión Deportiva Las Palmas se habría intoxicado. El presidente de la entidad, Miguel Ángel Ramírez , con una trayectoria empresarial con la que ha ocupado 39 cargos en empresas, actualmente tiene 19 cargos activos y 28 inactivo, organizó una ampliación de capital y comunicaría al registro mercantil una fecha tope para concurrir: principios de junio.

Pero sus empleados del mundo digital habrían colocado información presuntamente errónea sobre el calendario siguiendo, al parecer, instrucciones. Eso ha provocado que un abonado colocase un millón de euros en la referida ampliación de capital sin, teóricamente, validez .

En la web de U.D Las Palmas se señala que la empresa «contempla» en la web «un espacio reservado para los socios y/o accionistas del Club». Es decir: el equipo amarillo admite que ese soporte es oficial . Y es que la Ley de Sociedades de Capital viene a decir que sí tiene peso lo que la sociedad anónima informe en ella a efectos mercantiles.

Los servicios jurídicos de la empresa que ha optado a hacerse con el 25% del capital estudian pedir que se aplique la norma. Y que los responsables no serían los técnicos que reciben instrucciones. Sino «los administradores», dice la norma.

La Ley de Sociedades de Capital dice: «La sociedad garantizará la seguridad de la página web, la autenticidad de los documentos publicados en esa página, así como el acceso gratuito a la misma con posibilidad de descarga e impresión de lo insertado en ella" y que «la carga de la prueba del hecho de la inserción de documentos en la página web y de la fecha en que esa inserción haya tenido lugar corresponderá a la sociedad ».

Menudo «fallo»

Por tanto, si es un fallo de comunicación , como se sostendría desde la entidad amarilla, es posible que pueda ser nula la reunión de la junta de accionistas a fin de permitir a aquellos que no pudieron comprar acciones y han perdido circulante en el periodo de tiempo que ha permanecido en las cuentas de la empresa.

Moralmente, «no es lo mismo repetir una ampliación de capital, y pedir disculpas, que hacer una nueva ampliación de capital» porque «le podrían haber indicado a Cajasiete que solamente admitiera ingresos por el concepto de ampliación de capital a la fecha que ellos sotienen en el Registro Mercantil», indicó un experto en sociedades consultado por ABC.

Inversión

La junta de accionistas de UD Las Palmas del pasado mes de marzo se hizo al amparo de la Ley de Sociedades de Capital . Y esa misma norma señala cosas sobre el contenido de las comunicaciones digitales.

La web oficial de la UD Las Palmas sentencia 14 de mayo de 2018: «mañana queda abierto el periodo de 30 días destinados a todos aquellos no accionistas que quieran suscribir acciones de la SAD, dentro de la ampliación de capital aprobada por la entidad a finales del pasado año. Finalizado este último plazo, la ampliacion se llevará a efecto por el importe finalmente suscrito».

¿Un error?

El problema, según ha podido saber ABC, es que al empresario que, ha defendido en Twitter su buena fe y desinterés por bloquear desde dentro la gestión de Ramírez estaría siendo atacado desde terminales en redes sociales producto del «error» en la imformación digital suministrada desde la empresa deportiva.

Tener el 25% del capital de una empresa permite hacer un mejor control de la participada. Por ejemplo, «podrán solicitar la inclusión de asuntos en el orden del día de la junta general ya convocada, así como solicitar la convocatoria de la junta general extraordinaria , conforme a lo establecido en esta ley». la norma de sociedades en España apunta que «el complemento de la convocatoria deberá publicarse con quince días de antelación como mínimo a la fecha establecida para la reunión de la junta».

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