El bronceado de los carteros de Correos, riesgo laboral

Un empleado canario pedía crema de protección solar y le fue denegado. Un juez multa al operador postal por no valorar la exposición de un cartero al sol

R.L.P.

La Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos deberá pagar una sanción de 5.120 euros impuesta por la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias por no incluir en la evaluación de riesgos laborales la exposición de sus empleados a las radiaciones del sol .

Una sentencia del Juzgado de lo Social número nueve de Las Palmas, facilitada este viernes a ABC por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, estima parcialmente un recurso que interpuso Correos contra la sanción que le impuso la Consejería de Empleo por no suministrar crema de protección solar a los carteros que trabajan en vehículos y a pie .

Así, el Juzgado mantiene la sanción pero rebaja la cuantía inicial que se le impuso de 8.196 euros y rechaza la petición de nulidad del acta de infracción que solicitó Correos en su recurso por entender que debe someterse a la Ley de Infracciones y Sanciones de Orden Social (LISOS).

En sus fundamentos, señala que coincide con la Inspección de Trabajo en que la exposición al sol ha de ser tenida en cuenta en la evaluación de riesgos laborales y su no inclusión debe ser considerada una falta grave del articulo 12 b) de la LISOS.

No obstante, el juez considera que existe desproporción en la sanción impuesta , porque solo concurre una de las causas para su aplicación por lo que rebaja la cantidad que debe pagar Correos. Contra la sentencia no cabe recurso, según expone el magistrado Jesús Toubes Torres.

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