Tribunales

Alegrarse y mofarse públicamente de dos guardias civiles asesinados no es delito, según una sentencia

Absuelve a quienes proclamaron como «buenas noticias» los asesinatos, llamaron en internet «perros bastardos» a las víctimas o calificaron a la Benemérita de «cuerpo matón»

Imagen del funeral de los dos guardias civiles asesinados en Teruel por Igor el Ruso, en diciembre de 2017
Roberto Pérez

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Alegrarse y mofarse públicamente en las redes sociales del asesinato de dos guardias civiles nada más conocerse la noticia y atacar al mismo tiempo a la propia Benemérita no es delito. Así lo ha determinado una sentencia que acaba de dictar una juez de Teruel que tumba, punto por punto, las solicitudes de condena planteadas tanto por la Fiscalía como por las acusaciones particulares de los dos guardias civiles que fueron asesinados en Albalate del Arzobispo (Teruel) por un criminal serbio, el conocido como Igor el Ruso.

Cuatro personas fueron procesadas por haber lanzado a través de Twitter mensajes ofensivos. La fiscalía y las acusaciones particulares -ejercidas por familiares de las víctimas y por la AUGC- pidieron que fueron condenados. Las acusaciones reclamaron penas de hasta cuatro años de cárcel para ellos por alegrarse públicamente y mofarse de esas muertes. Sin embargo, la sentencia sostiene que, más allá de que sean socialmente repudiables ese tipo de mensajes, para que puedan ser objeto de condena penal hace falta que concurran una serie de requisitos jurídicos que no se han dado en este caso.

Una de las procesadas, María P. S. , una vecina de Zuera (Zaragoza) de 20 años, difundió un mensaje en el que consideraba «buenas noticias» el asesinato de los dos agentes e hilaba este crimen con el que se produjo días antes en Zaragoza capital, la mortal agresión del antisistema Rodrigo Lanza contra un hombre al que consideró «facha». «Todo son buenas noticias en Aragón», escribió María P.S. por todas esas muertes.

Otro de los procesados, Felip S. P. , de 41 años y vecino de Mataró (Barcelona), escribió tras conocer el asesinato de los dos guardias civiles a manos de Igor el Ruso: «pues que hubiesen estudiado», «ellos han elegido el camino que querían» , y se refirió a la Guardia Civil como «cuerpo militar matón y ablanda abuelas» .

La canaria María Candelaria O. M. , de 23 años y con antecedentes penales, también ha sido juzgada, en su caso por sumarse públicamente a la alegría expresada en internet por María P.S.: «estoy de acuerdo con esta muchacha, últimamente son noticias buenas de policías muertos y guardia civil, y ver cómo los matan puff…» . La canaria también escribió en Twitter: «me cago en la memoria de estos perros bastardos» , «me burlo de la memoria de los guardias civiles perros malditos».

La cuarta procesada ha sido María Olga R. C. , de 57 años y vecina de Mataró, que escribió «karma» en un hilo de Twitter en el que se comentaba la noticia de esos dos asesinatos . Las acusaciones interpretaron que era una forma de alegrarse de esas dos muertes, pero durante el juicio la acusada lo negó y dijo que al escribir esa expresión se estaba refiriendo a la justicia que el karma realizaría castigando al asesino. La juez considera que no está claro si lo que buscaba era lo uno o lo otro, y, por tanto, ha dictado su absolución.

El derecho al honor no alcanza a un muerto

También ha absuelto a los autores del resto de «tuits». De entrada, apoyándose en diversa jurisprudencia, la juez Amparo Monge Bordeje indica que no cabe condenarlos por delitos contra el honor, porque ese derecho «protege frente a atentados en la reputación personal» y «no se puede lesionar el honor de un fallecido» . Como habían sido asesinados horas antes -indica la juez en su sentencia basándose también en resoluciones del Tribunal Constitucional-, no cabe condena porque el derecho al honor.

Lo mismo argumenta para absolver a los acusados de un delito contra la integridad moral de esos dos agentes. «Como tal derecho de la personalidad, se extingue con el fallecimiento» , indica esta jueza en su sentencia.

Mensajes sin suficiente «gravedad» penal

Respecto a condenar por el derecho al honor y a la integridad moral de los familiares de las víctimas, esta magistrada tampoco lo considera posible porque -afirma- para que se den esos delitos hace falta una «gravedad» en las expresiones que se hayan utilizado, y tampoco entiende que las que se han juzgado sean lo suficientemente gruesas para entrar en el plano penal.

Aunque reconoce los mensajes que han sido juzgados «transmiten su alegría y dicha por el lamentable y triste suceso» y eso es una actitud «dañina» para las familias de las víctimas, la jueza afirma igualmente que de esas expresiones «no deriva una sensación de envilecimiento o de humillación, vejación e indignidad ; en definitiva no se persigue cosificar a las víctimas y al dolor de sus allegados».

El delito de odio no protege a la Guardia Civil

Tampoco ha considerado la magistrada que se pueda condenar a los autores de esos mensajes por un delito de odio. Apoyándose en una sentencia del Tribunal Constitucional, argumenta la magistrada que «el delito de odio protege a quienes pudieran sufrir discriminació n por “motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o ientidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad”, pero no incluye al mundo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado» .

«Cuerpo matón»

Y respecto al delito de injurias contra la Guardia Civil como institución, la jueza tampoco lo aprecia en la expresión «cuerpo militar matón y ablanda abuelas». Dice en su sentencia que, en esa frase, «aun cuando se aprecia claro carácter ofensivo e injurioso, el resultado adolece de la falta de la gravedad necesaria» para su condena penal. «En ningún momento se utilizan calificativos gruesos ni se hace referencia a hechos concretos en los que de forma inveraz se halla atribuido a los efectivos policiales prácticas contra los derechos fundamentales» , afirma la magistrada.

La sentencia es recurrible y, de hecho, el abogado de la familia de uno de los agentes asesinados ya ha anunciado que va a apelar contra este fallo dictado por el juzgado de lo Penal de Teruel.

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