El Supremo 'premia' al denunciante de Gürtel con un informe favorable a su indulto parcial

Sigue el criterio del fiscal, que recordaba que en España no hay una especial protección para quien pone en conocimiento de la justicia la comisión de delitos, como hizo José Luis Peñas

El Ministerio Fiscal dio el visto bueno a que se conmutara la inhhabilitación absoluta por la especial para que no perdiera su condición de funcionario

José Luis Peñas, el denunciante de Gürtel, condenado a cinco años de cárcel

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La Sala Penal del Tribunal Supremo ha informado a favor de la concesión de un indulto parcial al denunciante del caso Gürtel, José Luis Peñas, condenado por asociación ilícita, cohecho, falsedad documental, fraude, malversación de caudales públicos y prevaricación, con la atenuante de confesión, a 5 años y 3 meses de prisión, inhabilitación y 130.600 euros de multas.

En su informe, remitido al Ministerio de Justicia, los magistrados apoyan que se conmuten las dos penas de inhabilitación absoluta a las que José Luis Peñas fue condenado (una de 3 años y otra de 2 años y 1 mes) por dos penas de inhabilitación especial, de idéntica duración que las conmutadas, para cargos públicos de libre designación o elección.

La Sala ha tenido en cuenta el criterio del fiscal, que respaldaba la concesión del indulto parcial a Peñas, atendiendo a razones de justicia, equidad y utilidad pública, requisitos que exige la Ley del Indulto, y al arrepentimiento del solicitante. En su informe el fiscal dejaba constancia de la falta de protección de los denunciantes en España, a diferencia de lo que sucede en el derecho comparado en el que la figura del 'whistleblower' (delator o arrepentido) es reconocida y protegida. Asimismo, valoraba la Directiva (UE) 2019/1937, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

El informe del Ministerio Público destacaba que el cumplimiento de inhabilitación absoluta en el caso de Peñas significaría la pérdida de su trabajo, lo que supondría para él una aflicción desmedida e innecesaria. En cambio, consideraba que el indulto parcial, conmutando las penas de inhabilitación absoluta por dos de inhabilitación especial, le permitiría no perder la condición de funcionario público y seguir en el desempeño de sus funciones como ordenanza en el Ayuntamiento de Madrid.

Negativa a Rodríguez Quijano

Por otra parte, la Sala se opone a la concesión de un indulto parcial a Carmen Rodríguez Quijano, exmujer de Francisco Correa, condenada a 17 años y 8 meses de prisión. En este caso, lo rechaza de acuerdo también con el informe del fiscal, que fue desfavorable.

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