El TC rechaza suspender las penas de prisión e inhabilitación de Junqueras y Romeva

El Pleno aprueba por unanimidad denegar la cautelar que pedían los dos condenados por el procés

El Tribunal Constitucional EFE/Juanjo Martín

Isabel Vega

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El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado por unanimidad rechazar la suspensión cautelar de las penas de prisión e inhabilitación que habían instado los líderes del procés Oriol Junqueras y Raül Romeva, condenados a trece y doce años, respectivamente.

Ambos habían pedido amparo al Constitucional alegando que el Tribunal Supremo había vulnerado sus garantías de inmunidad e inviolabilidad parlamentaria tanto en el ámbito nacional como en relación con el Parlamento Europeo y solicitaban que en tanto se resolviese el recurso, las condenas quedasen suspendidas.

Sin embargo, el Constitucional razona que aceptar la cautelar sería dar por buena esa vulneración de derechos denunciada aunque fuese provisionalmente, lo que contraviene su propia doctrina según la cual, no se puede sustentar una suspensión cautelar en anticipación de lo que será resuelto en sentencia.

Además, recuerda que a la hora de acordar o no la suspensión de una condena de cárcel, se tiene en cuenta que sea superior o inferior a cinco años «para diferenciar entre las penas graves y menos graves».

Desde esta perspectiva, el Pleno niega la suspensión dado que las penas de Junqueras y Romeva superan ampliamente el umbral y no concurren circunstancias excepcionales por las que se deba aplicar otro criterio. Prevalece así el interés general, es decir, que se cumpla la sentencia dictada.

Sobre la inhabilitación absoluta, que igual duración a la condena, de nuevo entra en juego la doctrina y se desestima por la extensión de la pena, los delitos por los que fueron condenados -sedición en concurso con malversación- y por la importancia de los cargos públicos que ostentaban cuando cometieron los hechos.

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