Urdangarin accede al tercer grado y solo tendrá que volver a la cárcel para dormir

Se someterá a un programa de rehabilitación sobre delincuencia económica y seguirá trabajando

Iñaki Urdangarín, en una salida para realizar voluntariado Vídeo: Iñaki Urdangarin consigue el tercer grado y solo tendrá que volver a prisión para dormir

Isabel Vega

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El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 1 de Castilla y León ha estimado el recurso de Iñaki Urdangarin , preso en la cárcel de Brieva (Ávila) hasta que la semana pasada fue trasladado al Centro de Inserción Social de Alcalá de Henares , y le ha concedido el tercer grado penitenciario, de modo que trabajará fuera de prisión, regresará al centro para dormir y disfrutará de todos los fines de semana. Se someterá, además, al recién creado programa de tratamiento para delincuentes económicos. La resolución es firme y se ejecutará en las próximas horas.

En el auto, que ya ha sido notificado y confirmado, el magistrado revoca el acuerdo que dictó el pasado 30 de diciembre el director general de Ejecución Penal y Reinserción de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por el que se mantuvo a Urdangarin en segundo grado, ya que entiende que no estaba suficientemente argumentado.

Considera que habida cuenta de que la Junta de Tratamiento de Brieva había acordado por unanimidad su progresión al tercer grado, Prisiones debió motivar su resolución y, en lugar de ello, respondió al reo con «un mero modelo estereotipado» que le negaba el beneficio penitenciario. El texto decía: «Visto el conjunto de factores de adaptación e inadaptación, la pena impuesta y el momento de cumplimiento» como única argumentación.

Para el juez, ese párrafo de «diecisiete palabras» no «pasa el más primario control de legalidad». « Un pronunciamiento jurídicamente admisible de los Poderes Públicos tiene que tener como presupuesto, una exposición y razonamiento fáctico y jurídico explicativo de la decisión; en definitiva, lo único que se exige es algo tan sencillo de entender, aunque no siempre fácil de expresar, como un discurso argumentativo coherente», critica el titular de Vigilancia Penitenciaria.

A lo largo del auto, insiste en el rapapolvo al organismo dependiente del Ministerio del Interior, pues asegura que su resolución podría valer para cualquier interno, «con tan parca, difusa, genérica, pobre y escueta redacción» que no explica los criterios relevantes para tomar esa decisión, -«se ocultan cuáles son»-, ni la relevancia que se da a la entidad de la pena con relación al grado de cumplimiento «aunque no sea precisamente algo evidente u obvio».

«Estamos pues ante un palmario ejemplo de una decisión administrativa que no es sino una mera declaración de voluntad y no, como debería ser, una Resolución ajustada a los términos antes expuestos en el epígrafe precedente», dice el juez, que insiste en que aunque ese «mero formulario es una práctica habitual de la SGIP, no por ello, un mal hábito, se convierte en algo admisible y legal».

El juez reprocha además que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias haya desoído la jurisprudencia del Tribunal Supremo en lo que al 100.2 se refiere, al hilo de la causa del «procés», y que impone a la Administración «reflejar una necesidad que ha de estar vinculada directamente con el proceso de reinserción del penado». Sin embargo, su resolución «desconoce abiertamente lo que debería ser su recta guía en la aplicación de la Legislación penitenciaria en esta materia».

Igualdad ante la ley

Añade una argumentación más y es el principio de igualdad ante la ley. El juez, que ya estuvo a favor de progresar a Urdangarin el pasado mes de septiembre, destaca como «significativo» que «otros condenados en la misma causa que el recurrente gozan desde hace meses del régimen de vida que aquí se reclama , uno de ellos con un grado de cumplimiento en régimen ordinario, clara y sensiblemente inferior al del Sr. Urdangarin», y «además gozó previamente de un régimen de flexibilidad».

Urdangarin recibió ese «no» por respuesta de Instituciones Penitenciarias el pasado 30 de diciembre, después de una nueva reunión de la Junta de Tratamiento de Brieva que, por unanimidad, acordaba progresarle de grado. Recurrió entonces la resolución por entender que no se ajustaba a derecho y reclamaba todos los beneficios penitenciarios propios de la progresión.

La Fiscalía, que en el mes de septiembre se había opuesto a esta mejora de condiciones, decidió apoyar el recurso de Urdangarin, habida cuenta de la falta de motivación de la resolución de Instituciones Penitenciarias y, sobre todo, de la mencionada unanimidad en la Junta de Tratamiento, que señalaba una evolución favorable del reo, sin que se hayan producido incidencias en los siete permisos de los que ya ha disfrutado.

Ponía, no obstante, dos condiciones. Que Urdangarin siguiera desempeñándose, como hasta ahora, en el Centro Hogar don Orione, y que se sometiese además al recién creado programa de reeducación para delincuentes económicos , el Pideco. Para el Ministerio Público, «aunque lleve cumplidos ya mas de dos años y casi siete meses de condena, resulta beneficioso» que participe «para reforzar su tratamiento penitenciario».

« Nada hay que oponer en cuanto que ambos favorecen a la resocialización en la faceta reeducativa », responde el juez, que acuerda así el tercer grado; salidas de fin de semana, laborales y los permisos propios de este régimen penitenciario; con esas dos condiciones.

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