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Los diputados de la CUP Antonio Baños (d), Anna Gabriel, y Benet Salellas, este miércoles a su salida del Palau de la Generalitat tras reunirse con Artur Mas - EFE
POLÍTICA

Las consecuencias de la desobediencia empiezan ahora

La Justicia tiene listas las «armas» penales y constitucionales si hay actos de rebeldía

Madrid Actualizado: Guardar
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El Gobierno ha levantado el órdago de Artur Mas. El Estado ha activado todos sus mecanismos de defensa ante la huida hacia delante del independentismo catalán, cuyos protagonistas se enfrentan ahora a perder sus cargos y a entrar incluso en prisión. Cualquier acto que desarrolle o ponga en marcha la resolución de la ruptura - suspendida ayer por el Tribunal Constitucional- tendrá consecuencias jurídicas inmediatas.

Por primera vez el Constitucional podrá actuar para lograr la efectividad de su decisión. La reciente reforma de la ley orgánica que lo regula le otorga poder sancionador. En los muros penales, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ya ha calificado de «sedición» los actos que ejecuten el mandato ilegal del Parlamento de Cataluña.

Todas las espadas en alto.

Ante un incumplimiento de la suspensión, el Tribunal Constitucional -quien ayer advirtió expresamente a Artur Mas y a Carme Forcadell, y a otros 19 diputados y consejeros de la Generalitat- requerirá a la institución, autoridad, empleado público o particular encargado de su cumplimiento que le informe al respecto en un plazo fijado.

Si después de recibir el informe sigue apreciando un incumplimiento, el tribunal puede «imponer multa coercitiva» de hasta treinta mil euros y suspender en sus funciones a las autoridades responsables y advertidas. Pero hay más: el TC también puede avisar de que los hechos pueden constituir un delito de desobediencia (deducir testimonio) e informar a la Fiscalía para que actúe.

Frente a la hoja de ruta secesionista

Este supuesto tendría lugar, entre otros casos, si el Parlamento catalán continúa con su hoja de ruta secesionista y tramita las leyes anunciadas: la del proceso constituyente, la de la Seguridad Social y la de la Hacienda Pública. Se cruzaría la línea roja.

En términos penales, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha marcado la pauta con sus directrices a la Policía, la Guardia Civil y los Mossos d’Esquadra, a los que pide alerta. El Ministerio Público considera que cualquier acto que «ejecute» el mandato ilegal de la resolución encubierta de independencia puede constituir los delitos de rebelión y sedición, castigados con penas de hasta treinta y quince años respectivamente.

Estos delitos, que atentan contra la forma de Gobierno por querer cambiar de forma ilegal la organización territorial del Estado, serían competencia de la Audiencia Nacional cuando los cometan funcionarios, altos cargos o particulares, no aforados.

Esto coloca entre la espada y la pared a todos los funcionarios de la Generalitat que puedan recibir órdenes de los políticos, como los Mossos. Un ejemplo serían los directores de los centros escolares donde se votó la consulta ilegal por la indepedencia el 9 de noviembre del año pasado o los responsables informáticos que colaboraron en el evento. Ninguno de ellos ha sido imputado en la causa abierta en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por desobediencia contra Artur Mas.

En el caso de los aforados, como Forcadell y el resto de diputados del Parlamento catalán, miembros del Consejo de Gobierno de Cataluña y consejeros, la competencia para investigarles en el ámbito penal recae en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Además de sedición, la Fiscalía ha advertido de que pueden cometer prevaricación, desobediencia y otros delitos.

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