El dirigente de Podemos Juan Carlos Monedero, durante una charla en Córdoba
El dirigente de Podemos Juan Carlos Monedero, durante una charla en Córdoba - roldán serrano
ESPAÑA

Financiar un partido desde un Gobierno extranjero será delito con la nueva ley

Si Podemos se hubiera provisto de fondos de Venezuela, con la ley vigente ahora mismo se quedaría en una falta administrativa

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Las sospechas sobre una posible financiación de Podemos a través de fondos procedentes de Venezuela han puesto de relieve el efecto de las medidas anticorrupción que están ahora mismo tramitándose en el Parlamento. Cuando entren en vigor, la financiación de un partido a través de fondos de un Gobierno extranjero será delito, y su responsable económico-financiero sería castigado con la pena de prisión de uno a cinco años. Fuentes de Moncloa han destacado la importancia de la aprobación de estas medidas de regeneración democrática para perseguir de cerca estos casos de posible financiación ilegal. Las sospechas han vuelto a aumentar con la información publicada por ABC sobre el pago del Gobierno de Chávez de 35.000 euros a Monedero por un trabajo de asesoramiento

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La ley de financiación de los partidos políticos que está ahora mismo en vigor es de 2007. En ella hay un artículo dedicado a las aportaciones extranjeras. En su punto primero dice que los partidos «podrán recibir donaciones no finalistas, procedentes de personas extranjeras, con los límites, requisitos y condiciones establecidas para las aportaciones privadas», y siempre que cumplan los requisitos sobre control de cambios y movimientos de capitales. Pero en su punto dos advierte: «No obstante lo anterior, los partidos no podrán aceptar ninguna forma de financiación por parte de Gobierno y organismos, entidades o empresas públicas extrajeras o de empresas relacionadas directa o indirectamente con los mismos».

Es decir, la ley vigente prohíbe la financiación con fondos de Gobierno extranjeros, pero no lo penaliza. Se queda en una falta administrativa. En el caso de Podemos, en el supuesto de que los fondos recibidos por países como Venezuela hubieran ido destinados a financiarse, ni siquiera podría ser investigado por el Tribunal de Cuentas, al no tener representación parlamentaria. Sería una investigación judicial la que, en su caso, determinara esa falta administrativa y la sanción, que supone pagar el doble del dinero recibido.

Entre las medidas de regeneración democrática que impulsó el Gobierno y que iban a ser pactadas con el PSOE hasta que este dio portazo por táctica política, se incluye la tipificación del delito de financiación ilegal.

En la reforma del Código Penal, que el PSOE ha votado en contra, se incluye expresamente el delito de financiación ilegal de los partidos, que será castigado con penas de multa de hasta cinco veces el valor de las aportaciones. De la misma manera, será delito recibir donaciones de gobiernos extranjeros que superen el importe de 100.000 euros. (Si es una cantidad menor seguirá siendo falta).

Además, el responsable económico financiero de ese partido financiado ilegalmente será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años.

Pero no es el único cambio que entrará en vigor con las nuevas medidas anticorrupción. También se reforma la ley de Financiación de partidos, y ahí se prevé un control mucho más riguroso y estricto del Tribunal de Cuentas a todas las formaciones, y no solo a las que tengan representación parlamentaria. Por eso, si esta ley hubiera estado antes en vigor, sería investigada ya por este Tribunal, aunque no tenga presencia en el Parlamento.

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