Pedraza frente al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo el pasado mes de marzo
Pedraza frente al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo el pasado mes de marzo - efe

Parot: claves de una doctrina justa

¿Por qué Estrasburgo la tumba? ABC despeja incógnitas sobre la decisión del tribunal europeo

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¿Por qué se aplicó la doctrina Parot?

La doctrina Parot intentó acabar con una situación injusta en el cómputo de los beneficios penitenciarios. Antes de la doctrina Parot las redenciones ordinarias y extraordinarias previstas en el Código Penal de 1973 se aplicaban sobre una única condena de 30 años de prisión, que era el máximo de cumplimiento efectivo previsto en aquella legislación. Esta situación motivaba que terroristas condenados a penas milenarias y con decenas de asesinatos a sus espaldas quedaran libres tras haber cumplido menos de 20 años de cárcel por hacer yoga, manualidades o estudiar en la cárcel.

¿En qué consistía esta interpretación?

La doctrina fue establecida por el Tribunal Supremo en 2006 y refrendada luego por el Tribunal Constitucional.

Consiste en la aplicación de los beneficios penitenciarios sobre cada una de las condenas impuestas (y no sobre una sola de 30 años) empezando por la más grave, y así sucesivamente. De esta forma, se garantizaba que el etarra estaría en prisión esos 30 años. La filosofía de la doctrina es que no salga igual de rentable cometer un asesinato que veinte, que es lo que venía sucediendo hasta su implantación.

¿Por qué la tumba Estrasburgo?

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no se pronuncia de forma explícita sobre la doctrina ni hace crítica alguna a la política penitenciaria española, sino que se limita a resolver el recurso presentado por Inés del Río. Resuelve, por tanto, únicamente su caso. Lo que sucede es que los argumentos que establece Estrasburgo son extensibles a todos los presos que se encuentran en una situación similar a la de esta terrorista, es decir, a los que la doctrina se aplicó de forma retroactiva. El tribunal asegura que España ha vulnerado dos artículos de la Convención Europea de Derechos Humanos: el 5.1., que hace referencia a la libertad y seguridad; y el 7 (nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una infracción ni podrá ser impuesta una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida).

¿A cuántos presos puede afectar?

Se cumple un año de la derogación de la doctrina Parot, que puso en la calle a decenas de presos. La polvareda por la excarcelación de 63 etarras se ha ido posando en un silencio que el colectivo solo rompió el 4 de enero para hacerse la foto, mientras que algunos violadores han reincidido y han vuelto a prisión. En mes y medio prácticamente todos los etarras estaban ya en sus casas.

Junto a ellos salió de prisión una quincena de delincuentes comunes con más de dos condenas, entre quienes se encontraban los violadores del portal, del ascensor y del estilete, o el asesino de las niñas de Alcàsser, Miguel Ricart.

¿Hubo salidas en masa?

No. Los tribunales tienen que analizar caso por caso y ver las características específicas del expediente de cada preso. Pese a que había escritos de etarras presentados en la Audiencia Nacional, en el Tribunal Supremo (recursos contra decisiones de la anterior) y en el Tribunal Constitucional (recursos de amparo), la decisión de la excarcelación está en manos del tribunal sentenciador, que es la Audiencia Nacional, en el caso de etarras, y las audiencias provinciales, en el caso de delincuentes comunes, como asesinos en serie o violadores, que también los hay en esta lista de «agraciados» por la decisión de Estrasburgo. En cada una de las solicitudes de los etarras tiene que intervenir, junto con los jueces, el Ministerio Fiscal, que tiene que informar a favor o contra de esta excarcelación y revisar con lupa cada liquidación de condena.

Reincidentes

Los peores vaticinios no han tenido que esperar mucho tiempo para verse cumplidos. En prisión desde abril está Félix Vidal Anido, «el violador del estilete», por intentar agredir a una mujer. Solo habían pasado cuatro meses de su excarcelación.

Pablo García Ribado, conocido como «el violador del portal», ha sido detenido este mismo mes en Guadalajara por abusos sexuales. Había sido excarcelado en noviembre del año pasado. Actualmente ofrecía sus servicios con una identidad falsa como fisioterapeuta a domicilio en las localidades guadalajareñas de Torija y Trijueque.

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