El trámite que muchos autónomos tienen que realizar antes de que termine el año

Quienes hayan recibido ayudas por la pandemia deberán rellenar y presentar la «Hoja Covid-19»

El trámite se realiza a través del Registro Mercantil ABC

P. T.

Uno de los colectivos laborales a los que más ha afectado la pandemia del coronavirus es el de los autónomos. Muchos tuvieron que dejar de trabajar por culpa de la crisis económica surgida por el Covid-19, y otros tantos tuvieron que aferrarse a una serie de ayudas y prestaciones para poder salir adelante . A estos últimos va dirigido el formulario de entrega que ha abierto el Gobierno: la llamada «Hoja Covid-19».

Esta «Hoja Covid-19» es un documento que debe rellenarse y presentarse obligatoriamente con la relación de las ayudas públicas que se hayan solicitado y de las que se haya sido beneficiario a causa del estallido y los efectos de la pandemia. Será de carácter transitorio, ya que únicamente habrá que realizar dicho trámite este año por las circunstancias excepcionales por las que se ha pasado.

¿Quién debe presentar la Hoja Covid-19?

Este formulario destinado a los autónomos no es obligatorio para todos los trabajadores por cuenta propia , sino únicamente para aquellos que hayan presentado a depósito las cuentas anuales de su negocio a partir del 27 de julio de 2021. El resto está exento de hacer este trámite.

En la «Hoja Covid-19» habrá que incluir si se ha solicitado algún ERTE y el motivo del mismo , a cuántos trabajadores ha afectado y las fechas de inicio y fin de este. De la misma manera habrá que proceder en el caso de ayudas y prestaciones que se hayan solicitado.

¿Qué documentación hace falta?

El formulario debe entregarse a través del portal web del Registro Mercantil que corresponda, que es donde además puede descargarse el PDF rellenable del mismo. Este tiene que presentarse junto con los siguientes documentos:

— Notificación del archivo de las cuentas del ejercicio 2020 donde se reflejen el número de Entrada y número de Archivo

— Certificado digital válido y que esté en vigor

— Tarjeta de crédito para el pago de la tasa de 3,64 euros

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