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Imagen del juzgado de los Mercantil de Sevilla - ABC

¿Qué puede ocurrir ahora con Abengoa?

Cuatro escenarios para el futuro de la multinacional tras el principio de acuerdo

SEVILLA Actualizado: Guardar
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Una vez que Abengoa ha firmado un acuerdo con el 40% de los acreedores financieros (tanto entidades bancarias como bonistas), ahora necesita completar este porcentaje con la adhesión del 75% en 17 días (queda por lo tanto un 35%) y, para ello, se abren cuatro escenarios distintos para la multinacional andaluza.

1. Acuerdo en tiempo récord

Lo idóneo sería que la firma lograra culminar este proceso en los 17 días que restan hasta el 28 de marzo, día en el que termina el preconcurso (es decir, la protección frente a una solicitud de concurso necesario por parte de algún proveedor). «El plazo es ya muy estrecho, pero se puede lograr si hay agilidad por parte de todos los implicados», apuntan fuentes jurídicas. En ese caso, se firmaría el acuerdo ante el notario y se esquivaría el concurso.

2. Dilación de los plazos

De cumplirse el plazo sin las adhesiones necesarias (pero con unas perspectivas muy favorables para la empresa), el segundo escenario sería una dilación del periodo de preconcurso que depende exclusivamente del criterio del juez (el preconcurso de 40 sociedades vinculadas a Abengoa se presentó en el Juzgado mercantil número 2, en el que el titular es Pedro Márquez). Legalmente es imposible una prórroga, pero las normas que definen el concurso se han modificado en numerosas ocasiones y hay puntos que admiten interpretaciones diversas. Existen algunos ejemplos. En el caso de MP Corporación, dado que la compañía tenía posibilidades reales de alcanzar un acuerdo con los bancos, el juez Miguel Ángel Gómez no redactó el auto de declaración de concurso voluntario y, finalmente, la empresa superó la situación de insolvencia de forma extrajudicial. Otro caso fue el de una importante constructora cordobesa, en el que el magistrado cordobés Fernando Caballero permitió que, al terminar el preconcurso, se acogiera a otros cuatro meses de protección para continuar negociando. Son el paradigma de que aquel magistrado que demuestra audacia y ve posibilidades de un acuerdo tiene un cierto margen de discrecionalidad. Aún así, ninguno de los dos casos expuestos se puede aplicar a Abengoa, ya que ni en MP Corporación ni en el de la constructora cordobesa existían solicitudes de concurso necesario por parte de ningún proveedor.

3. Concurso voluntario

Si no se logra un acuerdo el 28 de marzo y el juez Pedro Márquez decide no buscar fórmulas para contemporizar —o directamente no encuentra ninguna vía—, se abre el tercer escenario, que es el de un concurso voluntario con una propuesta de convenio anticipado. El consejo de administración de Abengoa seguiría siendo el mismo, pero habría tutela judicial y administradores concursales. Está la propuesta que ya ha logrado la aquiescencia de un 40% de los acreedores y habría que continuar con el proceso de adhesiones, ratificarlo ante el juez tras celebrar una junta y, en dos meses, la compañía podría iniciar una nueva etapa.

4. Concurso necesario

El cuarto escenario es más drástico. El juez podría declarar el concurso necesario y, en ese caso, se destituiría a los actuales administradores. En esta vía también se puede plantear el convenio anticipado, con lo cual en un periodo corto de tiempo la firma podría volver a la normalidad.

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