Inmobiliario

¿Cómo solicitar una vivienda de protección oficial en Andalucía?

Las VPO están destinadas a facilitar el acceso a una casa propia a personas o familias con dificultades para ello

Viviendas protegidas en el sevillano barrio de San Bernardo Vanessa Gómez

Pepe Trashorras

Las viviendas de protección oficial (VPO) son un tipo concreto de inmueble cuyo objetivo es facilitar el acceso a una casa propia a personas o familias que por distintas circunstancias (renta, edad, pertenencia a determinados colectivos) encuentran dificultades para ello. Por ello ofrecen ventajas a estos grupos que de otra forma tendrían problemas para adquirir un lugar para vivir.

Como señala la Junta de Andalucía, las restricciones en el uso y la posible venta «afectan tanto a las viviendas protegidas en primera transmisión (de nueva construcción) como a las viviendas usadas». Por eso mismo, y en función de lo que se piense hacer con la casa en cuestión, hay que tener esto en cuenta desde el momento en que se considera la opción de adquirir una vivienda de este tipo.

El acceso a una vivienda digna y adecuada es un derecho, tal como es recogido en el artículo 47 de la Constitución Española. En este sentido, la vivienda protegida persigue contribuir en la construcción de alternativas a una vivienda asequible. Además del precio máximo de compra que se establece en este tipo de casas, los gobiernos autonómicos, en este caso el andaluz, ofrecen fórmulas de acceso a las mismas que puedan acercarse a las posibilidades de cada unidad familiar.

Las viviendas de protección oficial están disponibles tanto para alquiler como para adquirir en propiedad . Tal y como recoge el Reglamento de Viviendas Protegidas en Andalucía, el acceso a la propiedad podrá realizarse por compraventa o mediante la construcción de viviendas por los particulares, por sí o a través de cooperativas, siendo también posible la compra de VPO de segunda mano.

Acceder a una vivienda protegida

Quienes deseen solicitar el acceso a una vivienda protegida, ya sea en régimen de compra o de alquiler, tienen que inscribirse en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de la localidad donde se pretenda residir. Esto puede realizarse de forma presencial en el registro de cada ayuntamiento o telemáticamente en los que ofrezcan esta posibilidad, como el Ayuntamiento de Sevilla . Se pueden presentar solicitudes en varios municipios, señalando cuál es la preferencia. Una vez seleccionados los destinatarios entre los demandantes tendrá lugar la formalización del contrato con el promotor.

Para adquirir o alquilar una VPO no se debe superar un cierto nivel de ingresos ni ser titular de pleno dominio de otra vivienda protegida. Del mismo modo, en el proceso de adjudicación pueden tener preferencia las personas que se encuentren dentro de algún grupo social con especiales dificultades para el acceso a la vivienda como, entre otros, jóvenes, mayores, personas con discapacidad, víctimas del terrorismo, familias monoparentales, personas procedentes de situaciones de rupturas de unidades familiares, víctimas de la violencia de género y emigrantes retornados.

Los alojamientos transitorios , por su parte, van dirigidos a personas en riesgo o situación de exclusión social debidamente acreditada mediante los correspondientes servicios sociales comunitarios

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