El ministro de Economía, Luis de Guindos
El ministro de Economía, Luis de Guindos - JAIME GARCÍA

Economía impide que se rescaten bancos con el FGD y limita su uso al pago de los depósitos

El Gobierno aprueba un real decreto con el que termina de adaptar la legislación española a la unión bancaria y las nuevas reglas de resolución de entidades de crédito

MADRID Actualizado: Guardar
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El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) se empleó en los últimos años para sufragar parte de la resolución y venta de entidades rescatadas como la Caja de Ahorros del Meditarráneo (CAM) y Banco de Valencia. A partir del próximo año, el uso de ese fondo, nutrido con las aportaciones anuales de las propias entidades financieras, se limitará a su finalidad original: devolver los depósitos hasta 100.000 euros de los clientes en caso de quiebra y liquidación de su banco. Así se deriva del nuevo marco de recuperación y resolución de entidades de crédito, cuyo desarrollo definitivo para adaptar la legislación española a la unión bancaria europea se ha completado este viernes a través de un real decreto aprobado en Consejo de Ministros.

«El FGD a partir de ahora se centrará en su función de protección de los depositantes al tiempo que reduce su papel de asistencia en la resolución de una entidad», señalan desde el Ministerio de Economía. Los bancos con domicilio en España seguirán aportando dinero a ese fondo. En concreto, al final de 2024 el FGD deberá contar con unos recursos equivalente al 0,8% de los depósitos, cifra que en base al patrimonio actual de esos productos ascendería a unos 6.400 millones de euros.

Con la entrada en funcionamiento de la unión bancaria, que entre otras cosas ha supuesto la creación de un supervisor común para la mayor parte del sector, será el Mecanismo Único de Resolución europeo, en colaboración con el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) español, el ente encargado de resolver entidades en apuros. Para ello, se creará un fondo único de resolución mutualizado a nivel europeo dotado con 55.000 millones y que se irá nutriendo progresivamente con las aportaciones de los bancos a su propio fondo de rescate nacional. A él los bancos deberán haber aportardo, también en 2024, el 1% de la cantidad en depósitos de hasta 100.000 euros que hay en la Unión Europea. Los grupos financieros españolas abonarán en conjunto unos 5.300 millones, el 9,6%.

Perfil de riesgo y planes de prevención

Una de las grandes novedades en el cálculo de las aportaciones que tendrá que hacer cada entidad a ese fondo es que ya no se tendrá sólo en cuenta su tamaño, es decir, el volumen de depósitos que acumulan, sino también su perfil de riesgo. En este sentido, es de esperar que aquellas entidades más centradas en el negocio de la banca de inversión, en productos como derviados, sean consideradas de mayor riesgo y por tanto deban hacer una contribución proporcionalmente superior a la que hará un banco minorista focalizado en el crédito a empresas y familias, por ejemplo.

La entrada en vigor de esta normativa de resolución de entidades obliga a las entidades financieras a contar además con planes detallados de prevención para evitar futuras crisis financieras. En ese contexto, los grupos tendrán que diseñar una hoja de ruta sobre las medidas que tomarían para reforzar su capital y su nivel de liquidez en caso de apuros. Ese plan tendrá que ser evaluado por el Banco de España y la entidad deberá revisarlo al menos una vez al año y siempre que se produzca un cambio sustancial en su estructura o situación, como por ejemplo aumentar su tamaño de balance debido a una fusión.

El objetivo de todo este marco normativo es, según las autoridades comunitarias y españolas, minimizar el impacto de una crisis bancaria y el uso del dinero de los contribuyentes para apuntalar entidades financieras. Para ello, y entre otras cosas, la unión bancaria fija un esquema de prelación de los recursos a usar en caso de rescate financiero, de forma que los accionistas serían los primeros en sufrir pérdidas, seguidos de diferentes grados de bonistas, mientras que los depositantes con menos de 100.000 euros quedarían al margen, es decir, protegidos al 100%.

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