CÁDIZ CF

La jueza Mercedes Alaya tumba un nuevo recurso judicial de Vizcaíno contra Pina

La magistrada desestima el recurso de apelación del presidente del Cádiz CF y le insta a que cumpla la deuda con Calambur de más de un millón de euros

El pasado 4 de septiembre, el juez Manuel Centeno de Sevilla archivaba una querella de Manolo Vizcaíno contra Quique Pina. En ella, y tras el embargo de las acciones de Locos por el Balón por la deuda con Calambur, el presidente del Cádiz CF denunciaba que aquella empresa era una sociedad instrumental creada por Pina para actividades presuntamente delictivas . Quería de esa manera anular el pago de esa deuda (la ex deuda de Doyen de 1.100.000 más intereses), pues tal y como se investiga en la Operaión Líbero se podría haber incurrido en un delito contra la Hacienda Pública.

El magistrado hispalense no admitió la querella y ahora ha sido la famosa jueza Mercedes Alaya , la anterior instructora del caso ERE, la que ha vuelto a quitar la razón a Vizcaíno, esta vez en el recurso de apelación y con una contundencia hasta sorprendente .

"El recurso ha de ser íntegramente desestimado", informa en la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Sevilla y a la que ha tenido acceso Canal Amarillo. "...el hecho objeto de la querella no constituye delito alguno, porque l a cesión de crédito es un negocio jurídico que se realiza por la voluntad común de quienes la otorgan , es decir del antiguo acreedor o cedente y del nuevo acreedor o cesionario, sin que sea necesario el consentimiento del deudor, ni siquiera su conocimiento".

La jueza Alaya insiste en que es "indiferente" que Calambur sea una sociedad instrumental o haya ocultado lícitamente sus ingresos, pues eso sigue por otra vía, un procedimiento penal, aún en fase de investigación, en el Juzgado Central de Instrucción número 5. No puede ser motivo "para dilatar" el cumplimiento de la deuda.

"Resulta inadmisible como excusa para justificar una estafa procesal que el importe de la facturación declarada por Calambur por los servicios prestados a la sociedad cedente, Vela Management no alcance el importe del crédito cedido, puesto que la deuda de esta última con la querellada puede provenir de conceptos distintos, y al margen de que estén o no declarados a la Agencia Tributaria".

Mercedes Alaya es categórica en sus últimas afirmaciones, en las que no deja lugar a dudas y da un severo toque a Manolo Vizcaíno . "Lo que sí consta es que la deudora no ha mostrado intención alguna de satisfacer la obligación contraída en virtud del contrato de préstamo suscrito en el denominado Acuerdo Marco de fecha 29 de enero de 2015 por el cual se le prestó a la querellante y al referido club de fútbol la suma de 1.500.000 euros". Así que por lo expuesto, "procede desestimar íntegramente el recurso". Eso sí, "las costas se devengarán de oficio al no haberse evidenciado temeridad o mala fe por parte del recurrente".

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación