SECTOR BANCARIO

Los registradores prevén un «efecto cascada» en la supresión de cláusulas ‘suelo’

El 90% de los préstamos hipotecarios contienen elementos que pueden ser abusivos

MADRID Actualizado: Guardar
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La sentencia del Tribunal Supremo sobre el abuso de las cláusulas suelo en las hipotecas ha llevado a que el BBVA anuncie que las elimina de sus préstamos y también Cajamar. Los registradores creen que el dictamen del tribunal tendrá un “efecto cascada” en el resto de las entidades. Según datos facilitados por el Banco de España al Senado en 2010 había 3,8 millones de personas con cláusulas suelo –que impiden bajar el interés de las hipotecas más de lo que se fija en dicho suelo aunque los tipos estén mucho más bajos-.

Además del ‘suelo’, los registradores advierten de que existen hasta 35 tipos de cláusulas que no deben inscribirse en el registro. Entre ellas se encuentran las cláusulas suelo/techo cuando no sean suficientemente transparentes y el consumidor no haya sido informado debidamente, para lo que se exigirá constancia manuscrita del conocimiento del deudor.

Según el director del Servicio de Coordinación de Oficinas Liquidadoras del Colegio de Registradores, Vicente Carbonell, el 90% de los préstamos contienen cláusulas que pueden ser abusivas, fundamentalmente las que determinan el vencimiento anticipado de la hipoteca (por impago de una o dos cuotas ya que la ley exige ahora tres plazos mensuales impagados; en caso de concurso; por disminución de valor o deterioro de la finca; por causas ajenas a la hipoteca; en caso de venta de la finca o si se vuelve a hipotecar, etc). Los hipotecados que vayan a ser desahuciados pueden alegar que existen cláusulas abusivas en su préstamo para parar el lanzamiento, pero sólo para las cláusulas que hayan provocado la ejecución. Si esa cláusula abusiva no se ha utilizado como motivo del desahucio, no puede ser alegada. Hasta el próximo 16 de junio, los deudores ejecutados, pero a los que el juez aún no ha fijado la fecha de lanzamiento (expulsión de la vivienda) pueden alegar que su contrato contiene cláusulas abusivas.

Más cláusulas

Otras cláusulas que no pueden inscribirse en el Registro de la Propiedad, según este colectivo, se refieren a la renuncia del deudor a la cancelación parcial cuando el acreedor haya aceptado el pago fraccionado del crédito, a que del precio del remate se descuenten los gastos de formalización y tributarios, al pago por el deudor de los honorarios del abogado del acreedor en la ejecución extrajudicial; los pactos de comisiones y compensaciones de riesgo de interés que excedan del máximo permitido o que se diga en el contrato que cualquier deuda que tenga el hipotecado con el banco se verá compensada con el préstamo.

Por su parte, los notarios han creado un consejo para controlar que no se introduzcan cláusulas abusivas y facilitar la actuación de forma coordinada de los 3.000 notarios. En 2012 se registraron 557.919 préstamos (hipotecarios, personales y de otros tipos) y en el primer trimestre de 2013 los notarios autorizaron 105.010 operaciones de crédito.