Baltasar Garzón, durante el juicio/ Efe
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Garzón, absuelto por investigar los crímenes del franquismo

El Supremo considera por seis votos a uno que el juez no es culpable de un delito de prevaricación

MADRID Actualizado: Guardar
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El Tribunal Supremo ha absuelto a Baltasar Garzón, por seis votos a uno, del delito de prevaricación del que se le acusaba por investigar los crímenes y desapariciones del franquismo careciendo presuntamente de competencia legal para ello. Afirma que cometió un "error", aunque no puede calificarse de delito porque fue corregido posteriormente por la Sala, que le declaró incompetente.

Pese a esta mayoría de apoyo al magistrado, el magistrado José Manuel Maza ha votado a favor de condenar al ya ex juez, y así lo ha expresado en un voto particular discrepante con el resto. También existe otro voto particular, aunque concurrente, firmado por Julián Sánchez Melgar, que discrepa de la mayoría tan sólo en una cuestión técnica.

Según la sentencia dada a conocer hoy, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, la actuación de Garzón "aunque haya incurrido en exceso en la aplicación e interpretación de las normas, que han sido oportunamente corregidas en vía jurisdiccional, no alcanzan la injusticia de la resolución que requiere el tipo de prevaricación, y no merece el reproche de arbitrariedad exigido en la tipicidad del delito de prevaricación objeto de la acusación".

Considera el Supremo que Garzón no perseguía exactamente la incoación de un proceso penal dirigido a depurar responsabilidad penal contra personas determinadas, sino que más bien "pretendía mediante la demanda de tutela judicial la satisfacción del derecho a saber las circunstancias en las que el familiar respectivo falleció". Esta pretensión de las víctimas, según el alto tribunal, aunque razonable, "no puede ser dispensada por el sistema penal, pues no es el medio que el legislador ha dispuesto para atender legítimas pretensiones".

Hechos prescritos

La búsqueda de la verdad es una pretensión "tan legítima como necesaria", según el Supremo, que añade que corresponde al Estado a través de otros organismos y "debe contar con el concurso de todas las disciplinas y profesiones, especialmente a los historiadores". "Pero no corresponde al juez de instrucción", subraya la sentencia. El Supremo considera los hechos investigados por Garzón a raíz de las denuncias de las asociaciones de víctimas como "ya prescrito", por lo que no considera inadmisible "resucitarlo".

No obstante, reconoce que es cierto que las leyes y disposiciones posteriores a la Ley de Amnistía de 1977, que culminan con la Ley de Memoria Histórica, han reparado "en gran medida" las consecuencias de la guerra y la posguerra, "pero no han concluido las actuaciones concretas en orden a la localización y recuperación de los cadáveres para su homenaje y procurar la efectiva reconciliación que la Ley de Amnistía persiguió.

El alto tribunal pone fin así al último proceso que tenía pendiente contra el exjuez de la Audiencia Nacional, a quien recientemente condenó a 11 años de inhabilitación por autorizar la intervención de las escuchas de la 'trama Gürtel'. El Supremo también archivó por prescripción la causa por los cobros de la Universidad de Nueva York.

El tribunal, presidido por Carlos Granados, ha dado a conocer hoy la sentencia, que tiene como ponente al juez Andrés Martínez Arrieta. La Sala enjuiciadora ha estado completada por los magistrados Perfecto Andrés Ibáñez, Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano Soriano, José Manuel Maza Martín y Miguel Colmenero. Este último redactó la resolución en la que se condenó a Garzón a 11 años de inhabilitación por las escuchas del 'caso Gürtel'.

Doctrina 'Botín'

El juicio por la causa del franquismo quedó visto para sentencia el pasado día 8, después de que la acusación -ejercida por el sindicato ultraderechista Manos Limpias y la asociación Libertad e Identidad- pidiera 20 años de inhabilitación para Garzón y tanto la Fiscalía como su defensa solicitaran su absolución al estimar que no cometió delito.

Garzón hizo ese día uso de su derecho a la última palabra y, tras citar al filósofo alemán Emmanuel Kant -"El tribunal del hombre es su conciencia"- aseguró que había tomado las decisiones que creía "ajustadas a derecho" para investigar los crímenes del franquismo "como única defensa que las instituciones creo que deben a las víctimas para que no se produzca el olvido y la falta de memoria".

Tanto el fiscal Luis Navajas como su abogado defensor, Gonzalo Martínez-Fresneda, pidieron durante el juicio su libre absolución y el archivo del procedimiento. Entre otras cuestiones, aludieron a la doctrina 'Botín', aplicada por primera vez al presidente del banco Santander y según la cual la apertura del juicio no procedía si actúa en solitario la acusación popular.

En la séptima y última sesión del juicio, el que fuera titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 aprovechó el turno de última palabra para asegurar que su "conciencia está tranquila porque tomó las decisiones" que creyó "ajustadas a Derecho" para "perseguir, sancionar o castigar los crímenes masivos" de desapariciones forzadas y actuó en defensa de las víctimas del "desamparo". Esta causa abierta contra Garzón , conocido mundialmente por su lucha contra ETA y la apertura de causas de justicia universal, como la que permitió la detención en Londres del exdictador chileno Augusto Pinochet, ha levantado una gran expectación internacional. Un grupo de observadores internacionales relacionados con organizaciones de derechos humanos asistió a la sala de vistas, mientras que a las puertas del Supremo se celebraron numerosas manifestaciones de apoyo a Garzón al grito de "¡Justicia!" y "¡vergüenza!".