Editorial

Blindaje imposible

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El próximo martes el Congreso de los Diputados procederá a tomar o no en consideración la proposición remitida por el Parlamento Vasco para que las Cortes reformen dos leyes orgánicas -la del Tribunal Constitucional y la del Poder Judicial- de manera que las normas tributarias aprobadas por las Juntas Generales de Bizkaia, Álava y Gipuzkoa puedan ser recurridas sólo ante el TC, y no ante la jurisdicción contencioso-administrativa. De esta forma la fiscalidad vasca no podría ser objeto de recurso por parte de otras comunidades autónomas. Es lógico que las instituciones y formaciones políticas del País Vasco deseen proveer de la máxima estabilidad y seguridad jurídica a las normas forales tributarias. Pero resulta del todo discutible tanto la constitucionalidad de una reforma que pretendería convertir en leyes normas aprobadas por órganos que no son cámaras legislativas como, especialmente, la negociación política de tan delicada cuestión por parte del PNV a cuenta de los respaldos que el Gobierno de Rodríguez Zapatero precisa para sacar adelante los presupuestos del próximo ejercicio. Además, resulta tan pretencioso como engañoso emplear el término blindaje para una reforma que, de abrirse paso en las Cortes, en ningún caso eximiría a las normas tributarias vascas de la supervisión judicial que implicaría cualquier eventual recurso ante el Tribunal Constitucional por parte de quienes están facultados para personarse ante el Alto Tribunal. Si lo que las fuerzas vascas que apoyan la tramitación de la doble reforma mencionada pretenden es traducir jurídicamente la voluntad política de convertir normas administrativas en leyes, les hubiese resultado más consistente proceder a través de una ley integradora del propio Parlamento vasco. No optaron por esta última vía porque la mayoría de ellos coincide en mantener la potestad foral de las instituciones provinciales como contrapeso respecto a los órganos propiamente autonómicos. Pero lo que resulta imprescindible es que el nacionalismo vasco no acabe instrumentando la posible frustración de sus aspiraciones para convertir la eventual negativa de las Cortes a dar carta de naturaleza al pretendido blindaje en un nuevo agravio cuando, en todo caso, lo sería impedir a las demás autonomías el recurso frente a la fiscalidad foral.