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Sin inmunidad

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El acuerdo de la Sala Segunda del Tribunal Supremo para solicitar los suplicatorios del senador Luis Bárcenas y el diputado Jesús Merino esclarece el precipitado abandono por parte del ex-tesorero de su cargo en el Partido Popular y modifica la situación procesal de ambos que a partir de ahora tendrán acceso al sumario y podrán comparecer ejercer su derecho a la defensa de las acusaciones de fraude y cohecho en el marco del caso Gürtel. El Alto Tribunal, el magistrado instructor y el fiscal no han considerado las explicaciones verbales y la documentación aportada por los acusados suficientes como para archivar la causa lo que obliga a activar el procedimiento de levantar la inmunidad parlamentaria de los aforados para poder proceder judicialmente sin ningún tipo de limitación procesal. Aunque algunas voces se han alzado planteando que la solicitud del suplicatorio debería conducir inexorablemente a los acusados a renunciar al escaño, se trata de una reclamación enmarcada en la guerra partidaria de desgaste pero que carece de lógica alguna desde la óptica política o moral. El derecho a la defensa de quienes cuentan con fuero parlamentario que regula el artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal supone un refuerzo legal para asegurar a los representantes de la soberanía popular una tutela jurídica con el máximo de garantías frente a la lucha partidaria. Y el compromiso del electo con sus votantes y con el cargo que ostenta le obliga a ajustarse a las previsiones constitucionales; sin señalar la incongruencia que supondría haber renunciado al escaño si el enjuiciamiento concluyese en absolución. Con todo, ante la previsible imputación definitiva de sus afiliados el Partido Popular tiene la responsabilidad de asumir con naturalidad el nuevo escenario procesal.