Sociedad

El Supremo recuerda que los jueces no pueden objetar las bodas 'gay'

| COLPISA. MADRID Actualizado: Guardar
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Los jueces «están sometidos a la ley, como todos», pero además su cargo les convierte en garantes de los derechos, libertades e intereses legítimos de los demás ciudadanos. El Tribunal Supremo ha tenido que recordar este principio jurídico elemental al magistrado Pablo de la Rubia, con funciones en el Registro Civil en Sagunto (Valencia), empeñado en declararse «objetor» a los matrimonios homosexuales. El alto tribunal confirma la respuesta que ya le dio en su día el Consejo General del Poder Judicial: los jueces no pueden dejar de hacer aquello que forma parte central de sus funciones -en este caso, oficiar y registrar bodas de todo signo sexual-, por razones de conciencia.

En la sentencia conocida ayer, la Sala Tercera del Supremo rechaza el recurso interpuesto por De la Rubia contra la decisión del Poder Judicial e insiste que «no importa que sea posible sustituir al objetor» en aquellos enlaces entre homosexuales que se le presenten, ni de que «haya formas de evitar perjuicios» a esos contrayentes. Se trata, dice el tribunal, «del principio que somete al juez a la ley en cualquiera de los cometidos que tiene atribuidos y que convierten su intervención (...) en garantía de los derechos e intereses legítimos de todos». Ese principio quedaría vulnerado si se supeditara «a consideraciones de conciencia» el cumplimiento del deber del juez. «Máxime cuando, como en este caso, las funciones judiciales, casar e inscribir en el Registro Civil, tienen un carácter técnico, desvinculado de toda práctica religiosa».

El juez Pablo de la Rubia conocía ayer a mediodía, «a través de la llamada de un amigo», la resolución el Alto Tribunal. «Respeto la decisión, son las reglas del juego democrático, pero evidentemente no la comparto. La sentencia no deja reducto a mi libertad ideológica. Deja lo religioso en el ámbito privado».

Otras negativas

La sentencia del Supremo se añade a otros pronunciamientos de distintas instancias que deniegan también la objeción de conciencia planteada por algunos jueces o funcionarios tras la legalización de los matrimonios gays. El Poder Judicial, por su parte, llegó a multar a la titular del Registro de Denia (Alicante) por negarse a oficiar bodas entre homosexuales. Y el Tribunal Superior de Madrid conminó a una secretaria judicial a cumplir con sus funciones en este tipo de uniones, a las que se oponía.