TRIBUNA

Empleo o desempleo, ese es el dilema

Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo. Eso es lo que dice el artículo 35 de la Constitución Española. Aun en el periodo más álgido del ciclo económico, el mercado de trabajo español presentaba importantes desequilibrios. Por una parte, la tasa de desempleo no bajó del 8% y la continua incorporación de inmigrantes se justificaba en la insuficiencia de la mano de obra nacional para la demanda de empleo entonces existente y la cobertura por los inmigrantes de aquellos puestos de trabajo que no quieren ser ocupados por los ciudadanos españoles. Todo ello representa lo que se denominan disfunciones del mercado de trabajo español. Disfunciones que se acrecientan y que adquieren tintes muy preocupantes cuando se invierte el ciclo económico en la forma y con la magnitud con la que se presenta la crisis que padecemos. La primera conclusión a extraer de todo ello es que el modelo actual de relaciones laborales está agotado y se requiere su reforma, para un funcionamiento realmente eficaz y eficiente que posibilite la consecución real del pleno empleo. Éste no puede quedarse en las pretensiones abstractas y carentes de consistencia veraz, que llenan de contenido los mensajes populistas de muchos políticos guiados por un voluntarismo que roza el esperpento de las fantasías y de la propia concepción peronista de la política.

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En una economía como la nuestra, en la que se reconoce la libertad de empresa en el marco de una economía de mercado, el artículo 38 de la Constitución establece la obligación de los poderes públicos de garantizar y proteger su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general, ahora más que nunca hay que exigir a nuestros gobernantes la adecuación legislativa del mercado de trabajo que posibilite razonablemente cumplir y hacer cumplir el contenido de los invocados artículos dentro de un equilibrio prudente y sensato.

En los países de nuestra órbita, la situación deseable de implicación público-privada en la economía es de un 20%-80% respectivamente. Significa ello que el empleo fundamentalmente es creado por los empresarios. No adjetivizo el término, por que considero que la mejor empresa pública es la que no existe, debiendo las administraciones prestar los servicios públicos que la Ley les encomienda de forma directa, cuando no sea posible su prestación privada con mantenimiento de la titularidad pública del servicio. Es una mera cuestión de eficacia y eficiencia en la gestión, mucho más difícil de alcanzar cuando la prestadora del servicio es una Administración.

Así es que el empleo, el que va a suponer ese 80% del total, debe provenir de la economía privada sometida a condiciones de mercado. Para que los empresarios asuman esa responsabilidad dentro de unas condiciones razonables, se exige que el punto de partida case el binomio del derecho al trabajo con unas condiciones dignas para el trabajador con el derecho del empresario a organizar su empresa en condiciones de productividad real que permita su concurso en su mercado natural, el europeo, y por qué no, en el mercado global, como aspiración a la que debiera tender cualquier empresa.

El Banco de España apuesta decididamente en su boletín del mes de septiembre por una reforma del mercado de trabajo de mayor alcance que las habidas hasta la fecha. Solicita «la equiparación de la protección en el empleo para los trabajadores temporales y los indefinidos» y de esa forma «conseguir un reparto más eficiente y equilibrado de la flexibilidad en el mercado de trabajo». En el fondo, lo que el Banco de España está abriendo es el debate de la llamada «flexiseguridad», fórmula en la que se apostó en el pasado Congreso del PSOE de julio. Pero, no sólo está en esta tesitura el Banco de España, el Premio Nóbel de Economía de 2006 Edmund Phels recomienda a España e Irlanda, como exponentes de países europeos donde la crisis económica está teniendo mayor virulencia e intensidad en la destrucción de empleo, como efecto más perverso y palpable, la necesidad de acometer reformas estructurales en el mercado de trabajo. A tal efecto señala «facilitar las trabas burocráticas para favorecer la entrada de nuevas compañías, suavizar la protección por desempleo e incrementar la demanda de trabajadores». Este incremento lo materializa sobre la base de modificar profundamente los condicionantes indemnizatorios y de control administrativo sobre el despido. De esta forma, este Premio Nóbel, ha contribuido al conocimiento «del entendimiento de la interrelación entre inflación, desempleo y crecimiento, habiendo demostrado como los niveles bajo de inflación crean expectativas que influyen en la toma de decisiones de los líderes empresariales y en los políticos».

Los datos sobre desempleo son alarmantes. En junio de 2007 había 1.800.000 desempleados, en agosto de 2008 la cifra se sitúa por encima de los 2.600.000. Por cuarto mes consecutivo se constata una destrucción neta de empleo (471.000 altas menos en el sistema de la Seguridad Social), lo que en términos relativos supone una caída del 2,4% respecto de 2007. A su vez, asegurar el cobro de la prestación contributiva de desempleo ha supuesto un incremento sobre lo presupuestado del 35%, mientras que el subsidio asistencial lo ha hecho en un 26% sobre lo previsto. Y una última cifra preocupante, los extranjeros receptores de rentas activas de inserción, destinados a desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo, han subido un 447%. Por su parte el Plan Especial de Recolocaciones previsto por el Gobierno para 2009 asciende a 135 millones. El Plan se adoptó sobre la base de la crisis y desempleo en el sector de la construcción, no en el resto, lo que es un manifiesto error. La encrucijada en la que nos encontramos exige un golpe de timón y asemejar nuestro mercado de trabajo al del resto de países de nuestro entorno. Mis recetas pasan por lo siguiente: Equiparación del coste de la desvinculación sin discriminar en función del tipo de contrato; Asunción por la autoridad judicial del conocimiento de los despidos colectivos en detrimento de las autoridades administrativas y modificar los principios sobre los que se asienta la actual negociación colectiva. La adecuación de los costes unitarios del factor trabajo (salarios percibidos, salarios diferidos en su doble condición de costes de la Seguridad Social y de indemnizaciones por desvinculación) son determinantes para alcanzar niveles de productividad aceptables, que recuperen entre otras cosas los cerca de cuarenta puestos perdidos en la anterior legislatura y que fundamentan en parte el déficit por cuenta corriente del Estado que sólo es superado por EE UU.