Estos son los requisitos para viajar a Portugal desde España por el Covid

La mayor parte de la población tendrá que presentar una prueba negativa además del pasaporte Covid

Frontera entre Andalucía y Portugal en Ayamonte EFE/Julián Pérez

Pepe Trashorras

El avance de la sexta ola de la pandemia está provocando que se estén tomando nuevas medidas para frenar su avance no solo en España, sino también en el resto del continente europeo. Sin salir de la península ibérica, el Gobierno de Portugal decretó el estado de calamidad el pasado 1 de diciembre , situación que mantendrá hasta el próximo 20 de marzo por la alta incidencia del Covid-19 en el país vecino.

Por tanto, antes de organizar viajes o excursiones a Portugal durante las vacaciones de Navidad conviene conocer cuáles son las restricciones de acceso al país luso y qué requisitos encontrarán en los controles fronterizos los españoles que pretendan atravesarlos.

Entrada en Portugal por vía terrestre

Quienes tengan intención de entrar en Portugal a través de las fronteras terrestres deben aportar hasta el 9 de enero el certificado digital Covid de la UE (el mismo pasaporte Covid requerido en la hostelería y los centros sociosanitarios andaluces) en cualquiera de las tres modalidades (vacunación, diagnóstico o recuperación).

No obstante, si se proviene de una comunidad autónoma clasificada de riesgo elevado (rojo o rojo oscuro en la clasificación establecida por la UE que puede consultarse aquí y se actualiza semanalmente), no será suficiente el certificado Covid en modalidad vacunación. Es decir, las personas con pauta completa de vacunación también deberán presentar de forma obligatoria una de las siguientes pruebas negativas emitida por la autoridad sanitaria competente:

— Prueba PCR (o prueba NAAT similar) 72 horas antes de la entrada a Portugal

— Prueba rápida de antígenos (tipo TRAg) 48 horas antes de la entrada a Portugal (no son válidos los autotests).

En la actualidad tanto el conjunto del país como cada una de las comunidades autónomas españolas se encuentra en riesgo elevado , por lo que para entrar en territorio portugués por vías terrestres la mayoría de lo españoles deberá presentar una de las pruebas anteriormente mencionadas.

Escapan de esta mayoría ciertos grupos de excepción, como los menores de 12 años y las personas que dispongan de un certificado Covid-19 en modalidad de recuperación (180 días). Asimismo, el Consulado General de España en Portugal señala que «no existen restricciones fronterizas pero pueden establecerse controles aleatorios para la comprobación de estas medidas».

¿Qué pasa con los trabajadores transfronterizos?

Tampoco están obligados a presentar una prueba negativa para poder entrar en el país vecino los trabajadores transfronterizos que ejerzan actividad profesional regular hasta 30 kilómetros de la frontera. A estos únicamente se les requerirá el certificado digital Covid de la UE en la modalidad vacunación (es decir, tener la pauta completa y presentar el pasaporte Covid). Lo mismo ocurre con los trabajadores de servicios esenciales (incluidos los de las áreas de transporte).

Entrada en Portugal por vía aérea o marítima

También hasta el próximo domingo 9 de enero, cualquier persona que viaje a Portugal en avión o barco tendrá que presentar una prueba PCR (realizada en las 72 horas anteriores al embarque) o de antígenos (en las últimas 48 horas) con resultado negativo. El test es obligatorio también para quienes dispongan del pasaporte Covid, con las únicas salvedades, al igual que en el acceso por vía terrestre, de los menores de 12 años y las personas que hayan pasado la enfermedad en los últimos 180 días (y así lo acredite en su certificado).

Además, todos los pasajeros tienen que completar una tarjeta de localización de pasajeros individualmente. Se puede obtener dicha tarjeta haciendo clic aquí . Las medidas son igualmente obligatorias para tránsitos aeroportuarios.

Medidas contra el Covid-19 vigentes en el país luso

Entre las medidas y restricciones impuestas por el Gobierno portugués para tratar de frenar el avance de la variante ómicron y de la sexta ola de la pandemia se encuentran la mascarilla obligatoria en interiores o la limitación de aforo en todos los establecimientos comerciales (una persona por cada 5 metros cuadrados). Por su parte, se pide el certificado Covid para acceder a restaurantes, hoteles, establecimientos turísticos y alojamientos locales, gimnasios y determinados eventos.

Del mismo modo, hay que presentar una prueba PCR o de antígenos negativa de forma obligatoria (incluso los vacunados con la pauta completa) en las visitas a domicilios y pacientes en establecimientos sanitarios, así como para asistir a grandes eventos sin asientos marcados, espectáculos culturales, eventos empresariales, bodas y bautizos y también para entrar en recintos deportivos.

Además, en fechas destacadas como los días 30, 31 de diciembre y 1 de enero también hará falta prueba negativa para entrar en restaurantes. Las discotecas y bares de copas estarán totalmente cerrados del 25 de diciembre 2021 al 9 de enero de 2022.

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